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Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2007 - TOMO III
23.5El Bono por Crecimiento Económico no tiene Tercera.— Los fondos comprendidos en la Fuen-
carácter ni naturaleza remunerativa ni pensio- te de Financiamiento Recursos Ordinarios, pro-
nable, así como tampoco está afecto a cargas so- venientes de los procesos de concesiones que se
ciales. Asimismo, no constituye base de cálculo orientan a financiar obligaciones previstas en los
para las bonificaciones que establece el Decreto contratos de concesión o gastos imputables, di-
Supremo N.° 051-91-PCM, o para la Compensa- recta o indirectamente, a la ejecución de los mis-
ción por Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo mos, se incorporan en su presupuesto institucional
de bonificación, asignaciones o entregas. a propuesta del Titular del pliego, mediante de-
creto supremo refrendado por el Ministro de Eco-
Disposiciones Transitorias nomía y Finanzas y por el Ministro del Sector
respectivo.
Primera.— Las medidas de austeridad, racio-
nalidad y de gastos de personal a aplicarse du- Disposiciones Finales
rante el Año Fiscal 2008 para las empresas pú-
blicas y entidades mencionadas a continuación Primera.— Las entidades pueden prorrogar,
se aprueban y dictan conforme a lo siguiente: directa y sucesivamente, los contratos de loca-
ción de servicios o servicios no personales suscri-
a)En las empresas bajo el ámbito del Fondo Na- tos con personas naturales que estén vigentes al
cional de Financiamiento de la Actividad Empre- 31 de diciembre de 2007, previa evaluación. El
sarial del Estado – FONAFE, mediante decreto plazo de dichos contratos, conforme a la presen-
supremo refrendado por el Ministro de Econo- te norma, puede prorrogarse hasta por un (1) año.
mía y Finanzas. Entiéndese por prórroga la ampliación del plazo
del contrato que debe realizarse antes de su ven-
b)En el Banco Central de Reserva del Perú y en cimiento para ser válida. Asimismo, se pueden
la Empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ celebrar nuevos contratos de locación de servi-
S.A., mediante Acuerdo de Directorio. cios o servicios no personales, siempre y cuando
sea para el reemplazo de aquel que venía pres-
c)En la Superintendencia de Banca, Seguros y tando servicios y cuya relación contractual haya
Administradoras Privadas de Fondos de Pensio- culminado. En lo no establecido en la presente
nes, el Seguro Social de Salud – EsSalud, la disposición, dichos contratos se sujetan a las nor-
Contraloría General de la República y en los or- mas de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
ganismos reguladores, mediante resolución de la do.
máxima autoridad.
Segunda.— Establécense las siguientes medi-
d)En las empresas de los gobiernos regionales y das en materia del uso de los Recursos Determi-
de los gobiernos locales, mediante Acuerdo de Di- nados:
rectorio.
A. Los gobiernos regionales y gobiernos locales
Las disposiciones que autoricen las medidas se- quedan facultados a:
ñaladas en los literales precedentes deben
publicarse en el Diario Oficial ‘El Peruano’, an- i. Utilizar hasta un veinte por ciento (20%) de los
tes del 1 de enero de 2008 y regir a partir de esa recursos provenientes del Canon y Sobrecanon y
fecha. Regalía Minera, a que se refiere la Ley N.° 28258,
Ley de Regalía Minera, en gasto corriente, para
Segunda.— En el marco del proceso de descen- ser destinados al mantenimiento de la infraes-
tralización, autorízase al Ministerio de Transpor- tructura generada por los proyectos de impacto
tes y Comunicaciones, a través del Proyecto Es- regional y local.
pecial de Infraestructura de Transporte Descen-
tralizado – PROVÍAS DESCENTRALIZADO, ii. Destinar hasta el cinco por ciento (5%) de los
conforme a los convenios que se suscriban para recursos provenientes del Canon y Sobrecanon y
tal efecto, a efectuar transferencias financieras la Regalía Minera, a que se refiere la Ley N.°
a favor de los gobiernos locales que han culmi- 28258, Ley de Regalía Minera, para financiar la
nado el proceso de validación, de acuerdo a lo es- elaboración de perfiles de los proyectos de inver-
tablecido por la Secretaría de Descentralización sión pública que se enmarquen en los respecti-
de la Presidencia del Consejo de Ministros y a la vos planes de desarrollo concertados.
normatividad aplicable en materia de descentra-
lización. Dichas transferencias se efectúan me- Los gobiernos regionales o gobiernos locales que
diante resolución del Titular del pliego. tengan autorización legal expresa respecto al uso
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Diario de los Debates - 9. V SESIÓN (MATINAL) 27-11-2007