Page 15 - Referendum en la Legislación comparada
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Cabe destacar, como se aprecia en el siguiente cuadro, que en Colombia, México (Estados
                  de baja  California Sur y Guerrero)  y Perú,  se prevé la iniciativa  ciudadana  para la

                  convocatoria a referéndum, en tanto en Argentina y España está a cargo del Parlamento
                  y el Gobierno; destacando el hecho que en Chile constituye una potestad exclusiva del
                  Presidente de la República. Y en lo que atañe a los limitantes para el ejercicio del derecho

                  a participar, es menester señalar que tanto Colombia, México (Estado de baja California
                  Sur) y Perú,  han considerado excluir  materias, tales como:  derechos fundamentales,

                  materias fiscales o tributarias, modificación de tratados internacionales o leyes.


                  De otro lado, en Colombia, México (Estados de Baja California Sur y Colima) y Perú, para

                  la aprobación del referéndum se exige el voto afirmativo mayoritario y la participación de
                  un porcentaje mínimo de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.


                  En este punto es menester destacar que a diferencia  de lo establecido en los países

                  señalados, en Suiza se verifica un referéndum de carácter obligatorio o facultativo no solo
                  para temas legislativos sino para temas administrativos. El primer caso es aplicable para:
                  (i) las revisiones de la Constitución, (ii) la adhesión a organizaciones de seguridad colectiva

                  o a las comunidades supranacionales; (iii) las leyes federales declaradas urgentes
                  desprovistas de base constitucional; (iv) las iniciativas populares que tengan como objeto

                  la revisión parcial y total de la Constitución; y (vi) el principio de una revisión total de la
                  Constitución en caso de desacuerdo entre el Consejo Nacional y el Consejo de Estados .
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                  De otro lado, el referéndum facultativo –a solicitud de cincuenta mil (50,000) ciudadanos
                  u ocho (8) cantones, se limita al ámbito legislativo en el supuesto de leyes federales,

                  decretos federales cuando  la  Constitución o la  ley lo establezcan y  los  tratados
                  internacionales (con duración indeterminada y no denunciables, que prevean la adhesión

                  a una organización internacionales o contengan previsiones legislativas importantes o cuya
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                  implementación requiera la promulgación de legislación federal  (SAËNZ ROYO, 2016:77-
                  78).



                  9  Artículo 140 de la Constitución suiza. Los puntos (i), (ii) y (iii) se someten a votación del pueblo y de los cantones. Los restantes solamente
                  se someten a la votación del primero.
                  10  Artículo 140 de la Constitución suiza.
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                                    Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria
                                           Complejo Legislativo Av. Abancay 251 Of. 404.
                                                 Teléfono: 311 7777 anexos 7415
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