Page 7 - Organización y Procedimientos Parlamentarios
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no. Es usual confabulación para ampliar los limitados oradores de un debate.- ALUSIÓN: En
                      los cuerpos deliberantes se llama ALUSIÓN PERSONAL a la referencia más o menos velada a
                      uno  de  los  miembros  por  otro  que  se  halla  en  el  uso  de  la  palabra  o  que  interrumpe.  En
                      principio da derecho a replicar, con la venia del presidente.
                  c)  Cuando  un  congresista  se  da  por  aludido  puede  pedir  el  uso  de  la  palabra  o  solicitar  una
                      interrupción  al  orador,  a  fin  de  contestar  la  alusión  o  dar  la  explicación  que  considere  per-
                      tinente.  Es  usado  indiscriminadamente  y  sirve,  además,  para  expresar  ideas  que  no
                      necesariamente se refieren a la alusión, sino al tema del debate. Depende de la Mesa Directiva
                      dosificar el uso de este derecho no reglamentado. De algún modo es un recurso dilatorio den-
                      tro de la sesiones.

                  20. AMBOS:
                  a)  (Del latín AMBO) El uno y el otro; los dos.
                  b)  AMBOS EFECTOS: En materia de apelación, al decirse “ambos efectos” se hace referencia a
                      que el recurso interpuesto no solo produce la remisión de las actuaciones al juez superior, sino
                      que suspende la ejecución de lo resuelto.
                  c)  Por  la  concesión  de  una  apelación  en  ambos  efectos  o,  a  decir  de  los  códigos  procesales
                      modernos con efecto suspensivo, el juez o tribunal pierde jurisdicción, hasta que el superior
                      devuelva el expediente.

                  21. AMERITAR:
                  a)  Dar mérito, merecer.
                  b)  Cabanellas  no  lo  considera  en  su  Diccionario.  Si  se  refiere  a  MERITAR:  hacer  mérito  y  a
                      MÉRITAMENTE: merecidamente.
                  c)  Se usa como sinónimo de dar conformidad, tener base para amparar un derecho o una acción
                      “el documento amerita (da mérito) que la comisión apruebe el pedido”.

                  22. AMPARO:
                  a)  Acción y efecto de amparar o ampararse. // Recurso de amparo.
                  b)  Defensa y defensor. // Valimiento, protección o favor.
                  -   RECURSO DE AMPARO:
                  a)  El admitido por algunas Constituciones modernas, europeas y americanas, para ser tramitado
                      ante un alto tribunal de justicia cuando los derechos asegurados por la Ley Fundamental no
                      fueren respetados por otros tribunales o autoridades.
                  b)  En esencia constituye la ampliación del recurso de hábeas corpus a todos los derechos, no
                      sólo la libertad individual, entre los concedidos en los pueblos donde existe auténtico progreso
                      jurídico, con respecto de la personalidad y seriedad judicial.
                  c)   El  artículo  200  de  la  Constitución  Política  lo  reconoce  expresamente  como  garantía
                      constitucional  contra  el  hecho  u  omisión,  por  parte  de  cualquier  autoridad,  funcionario  o
                      persona, que vulnera o amenaza los demás derechos (la acción de hábeas corpus se refiere
                      al  derecho  a  la  libertad  y  derechos  conexos)  reconocidos  por  la  Constitución.  No  procede
                      contra norma legal ni contra resolución judicial emanada de procedimiento regular.

                  23. ANALIZAR:
                  a)  Hacer análisis de una cosa.- ANÁLISIS: Examen que se hace de una obra, de un escrito o de
                      cualquier realidad susceptible de estudio intelectual.
                  b)  ANÁLISIS:  Descomposición  de  un  todo  en  sus  partes,  realizada  como  proceso  mental.  //
                      Estudio de un caso. // Investigación de causas y determinación de efectos. // La apreciación
                      cognoscitiva sistemática y crítica.
                  c)  Se  usa  al  elaborar  un  dictamen  o  un  informe:  “se  ha  analizado  convenientemente  los
                      documentos...”, “se procedió a analizar los siguientes documentos”.

                  24. ANALOGÍA:
                  a)  Relación de semejanza entre cosas distintas.
                  b)  Semejanza  entre  cosas  o  ideas  distintas,  cuya  aplicación  se  usa  en  derecho  para  regular,
                      mediante un caso previsto en la ley, otra que siendo semejante, se ha omitido considerar en
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