Page 19 - Padres de la Patria
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que elija la opinión que le agrade siempre que esta no sea contraria a la fe,
buenas costumbres y a las leyes de nuestro Gobierno.
Al concluir mis reflexiones vuelvo a protestar ante V. E. que no me impele otro
principio, que el amor al Convictorio, la propensión a sus glorias y al esplendor
de sus alumnos. Las estimables cualidades de haber sido yo el primer colegial
maestro, después vicerrector, y en la actualidad rector de él, son títulos muy
justos de mi gratitud y reconocimiento para empeñarme en la presente solicitud,
como lo he hecho y haré en otras nuevas que tenga el mismo objeto, y
haciéndolo ante la legítima y superior autoridad de V. E. me pongo a cubierto de
la fea e injusta censura con que se me pudiera notar, de querer imponer leyes;
pues yo no las dicto, sino las procuro obtener exponiendo las causas que en mi
concepto son de mucho peso.
V. E. por cuya autoridad tienen vigor y fuerza las constituciones que dirigen la
enseñanza de esta noble juventud, conoce muy bien que la naturaleza de los
estudios del Convictorio pide esta innovación, que complemente su perfección
debida. Esta vacante la cátedra que le es propia y se está tratando de proveerla.
Esta oportunidad aviva mis deseos de interesar todo el amor de V. E. al bien
público y a esta principal casa de educación; para que si mis meditaciones
tienen la buena suerte de merecer la aprobación y agrado de V. E. se sirva
mandar, se pongan en ejecución en la presente coyuntura con asistencia del
señor juez protector del Colegio y que en su consecuencia se de cuenta a S. M.
para que se digne confirmar este nuevo método de oposiciones o mandar lo que
fuere de su soberano arbitrio. Lima y octubre 29 de 1791.
Doctor Toribio Rodríguez de Mendoza
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