Page 109 - Constitución del Perú
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permanente de Estado, de carácter obligatorio, que
tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral
del país. El proceso de descentralización se realiza
por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme
a criterios que permitan una adecuada asignación de
competencias y transferencia de recursos del gobierno
nacional hacia los gobiernos regionales y locales.
Los Poderes del Estado y los Organismos Autónomos
así como el Presupuesto de la República se descen
tralizan de acuerdo a ley.
Artículo 189.- El territorio de la República está inte
grado por regiones, departamentos, provincias y dis
tritos, en cuyas circunscripciones se constituye y or
ganiza el gobierno a nivel nacional, regional y local,
en los términos que establece la Constitución y la ley,
preservando la unidad e integridad del Estado y de la
Nación.
El ámbito del nivel regional de gobierno son las regiones
y departamentos. El ámbito del nivel local de gobierno
son las provincias, distritos y los centros poblados.
Artículo 190.- Las regiones se crean sobre la base
de áreas contiguas integradas histórica, cultural, admi
nistrativa y económicamente, conformando unidades
geoeconómicas sostenibles.
El proceso de regionalización se inicia eligiendo go
biernos en los actuales departamentos y la provincia
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