Page 109 - Constitución del Perú
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permanente  de  Estado,  de  carácter  obligatorio,  que
          tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral
          del  país.    El  proceso  de  descentralización  se  realiza
          por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme
          a criterios que permitan una adecuada asignación de
          competencias y transferencia de recursos del gobierno
          nacional hacia los gobiernos regionales y locales.

          Los Poderes del Estado y los Organismos Autónomos
          así como el Presupuesto de la República se descen­
          tralizan de acuerdo a ley.

          Artículo  189.-  El  territorio  de  la  República  está  inte­
          grado  por  regiones,  departamentos,  provincias  y  dis­
          tritos,  en  cuyas  circunscripciones  se  constituye  y  or­
          ganiza  el  gobierno  a  nivel  nacional,  regional  y  local,
          en los términos que establece la Constitución y la ley,
          preservando la unidad e integridad del Estado y de la
          Nación.

          El ámbito del nivel regional de gobierno son las regiones
          y departamentos. El ámbito del nivel local de gobierno
          son las provincias, distritos y los centros poblados.

          Artículo  190.-  Las  regiones  se  crean  sobre  la  base
          de áreas contiguas integradas histórica, cultural, admi­
          nistrativa  y  económicamente,  conformando  unidades
          geoeconómicas sostenibles.

          El  proceso  de  regionalización  se  inicia  eligiendo  go­
          biernos  en  los  actuales  departamentos  y  la  provincia


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