Page 97 - Manual de Comisiones Investigadoras
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Acuerdo 443-2002-2003/MESA-CR
          Informe de la Comisión de Constitución y Reglamento, sobre
          pedidos de copias de sesiones reservadas y secretas


          “...

          Se acordó:

              1.  Corresponde al Pleno del Congreso el acuerdo final de revelar el
                  contenido de las sesiones secretas o reservadas del Pleno, si lo
                  considera necesario.


              2.  Corresponde a la Comisión que acordó pasar a sesión secreta,
                  decidir revelar el contenido de la sesión secreta que celebró.


              3.  En el supuesto que la Comisión haya culminado su período o el
                  trabajo encomendado por el Pleno, será la Mesa Directiva del
                  Congreso el órgano autorizado para revelar el contenido de la
                  sesión secreta, a expresa solicitud de los órganos jurisdiccionales
                  o del Fiscal de la Nación, que requieran  la información  de
                  carácter secreto o reservado, recomendando a los peticionarios       97
                  tomar las previsiones necesarias para el adecuado manejo de la
                  información que se les entrega”.                                     Manual para Comisiones Investigadoras
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