Page 97 - Manual de Comisiones Investigadoras
P. 97
Acuerdo 443-2002-2003/MESA-CR
Informe de la Comisión de Constitución y Reglamento, sobre
pedidos de copias de sesiones reservadas y secretas
“...
Se acordó:
1. Corresponde al Pleno del Congreso el acuerdo final de revelar el
contenido de las sesiones secretas o reservadas del Pleno, si lo
considera necesario.
2. Corresponde a la Comisión que acordó pasar a sesión secreta,
decidir revelar el contenido de la sesión secreta que celebró.
3. En el supuesto que la Comisión haya culminado su período o el
trabajo encomendado por el Pleno, será la Mesa Directiva del
Congreso el órgano autorizado para revelar el contenido de la
sesión secreta, a expresa solicitud de los órganos jurisdiccionales
o del Fiscal de la Nación, que requieran la información de
carácter secreto o reservado, recomendando a los peticionarios 97
tomar las previsiones necesarias para el adecuado manejo de la
información que se les entrega”. Manual para Comisiones Investigadoras