Page 41 - Manual de Técnicas Legislativas
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VI.  REGLAS PARA LA ELABORACIÓN DEL CONTENIDO DE LA LEY


                  a)  Orden lógico de la ley

                      El contenido de la ley tiene un orden lógico que otorga claridad al
                      texto y facilita la identificación de cada una de sus disposiciones
                      dentro de la estructura de la fórmula legal. Debe existir
                      concordancia entre el título y el texto de las disposiciones, así
                      como entre la estructura de la fórmula legal y cada una de sus
                      divisiones. Por ello, la ley se redacta atendiendo a los siguientes
                      criterios:

                      1)  De lo general a lo particular

                      2)  De lo abstracto a lo concreto

                      3)  De lo normal a lo excepcional

                      4)  De lo sustantivo a lo procesal


                  b)  Estructura de la ley
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                      1)  La ley se organiza conforme a la siguiente estructura:



                             1)  Categoría normativa
                             2)  Numeración
                             3)  Título                                                    Manual de Técnica Legislativa
                             4)  Texto dispositivo
                               i)  Título preliminar
                               ii)  Parte sustantiva
                                  ii.1)  Disposiciones iniciales
                                  ii.2)  Disposiciones organizativas
                                  ii.3)  Disposiciones prescriptivas de derechos y
                                       obligaciones
                                  ii.4)  Disposiciones prohibitivas o limitadoras de derechos
                                  ii.5)  Disposiciones planificadoras
                                  ii.6)  Disposiciones procedimentales
                                  ii.7)  Disposiciones sancionadoras
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