Page 41 - Manual de Técnicas Legislativas
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VI. REGLAS PARA LA ELABORACIÓN DEL CONTENIDO DE LA LEY
a) Orden lógico de la ley
El contenido de la ley tiene un orden lógico que otorga claridad al
texto y facilita la identificación de cada una de sus disposiciones
dentro de la estructura de la fórmula legal. Debe existir
concordancia entre el título y el texto de las disposiciones, así
como entre la estructura de la fórmula legal y cada una de sus
divisiones. Por ello, la ley se redacta atendiendo a los siguientes
criterios:
1) De lo general a lo particular
2) De lo abstracto a lo concreto
3) De lo normal a lo excepcional
4) De lo sustantivo a lo procesal
b) Estructura de la ley
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1) La ley se organiza conforme a la siguiente estructura:
1) Categoría normativa
2) Numeración
3) Título Manual de Técnica Legislativa
4) Texto dispositivo
i) Título preliminar
ii) Parte sustantiva
ii.1) Disposiciones iniciales
ii.2) Disposiciones organizativas
ii.3) Disposiciones prescriptivas de derechos y
obligaciones
ii.4) Disposiciones prohibitivas o limitadoras de derechos
ii.5) Disposiciones planificadoras
ii.6) Disposiciones procedimentales
ii.7) Disposiciones sancionadoras