Page 27 - Manual de Técnicas Legislativas
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suma de las modificaciones en diferentes momentos alcanza el mismo
porcentaje. Si bien es cierto que algunos sectores podrían oponerse a
ello, se debería recordar lo sostenido por Luis Prieto Sanchís, en Política
legislativa, técnica legislativa y codificación en los albores del siglo XXI,
publicado en 2012, en el sentido que la inflación legislativa, la fugacidad
y provisionalidad del Derecho, la pérdida de claridad y hasta de elegancia
en el modo de legislar, la supraestatalidad y la infraestatalidad normativa,
el protagonismo del reglamento y la desregulación, las leyes de objeto
múltiple que disciplinan materias heterogéneas y que alcanzan niveles
casi cómicos en las leyes de presupuesto y tantos otros fenómenos de
deterioro, se han asentado en los sistemas jurídicos contemporáneos
y representan un rotundo desmentido a los valores de la codificación:
leyes únicas y sencillas, exhaustivamente comprensivas de una materia,
perdurables, abstractas y generales, dotadas de plenitud y de coherencia
interna.
La octava parte se refiere a la inserción de la ley en el ordenamiento
jurídico: autógrafa de ley, estructura de la autógrafa de ley, descripción
de la estructura de la autógrafa de ley, promulgación, estructura de la
promulgación de la ley, descripción de la estructura de la promulgación
de la ley y publicación de la norma. 27
La novena parte contiene un aspecto sumamente útil, la necesidad y
viabilidad de la ley: análisis de la información especializada sobre la
materia, estudio del marco normativo que regula la materia, relación
con políticas públicas, estudio de antecedentes parlamentarios, análisis Manual de Técnica Legislativa
de impactos, evaluación institucional sobre la propuesta de ley, los
destinatarios de la propuesta de ley y los actores que la impulsan, la
necesidad de obtener la opinión de los destinatarios de la propuesta de
ley, estudio sobre la constitucionalidad de la ley, determinar si la materia
que se pretende regular necesita la aprobación de una ley, forma de la
propuesta de ley, y consulta con el decisor político.
En esta parte se contemplan reglas para determinar la necesidad y
viabilidad de la ley. Todos los instrumentos o herramientas de su género
—incluidas las guías o directrices— están adscritos, según clasificación
ofrecida por Francois Geny (1904), a la técnica legislativa interna que se
preocupa por el contenido de la ley, el texto normativo o fórmula legal.