Page 21 - Reglamento del Congreso 2012
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En el caso de las Comisiones Ordinarias, distintas

                              a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, la
                              ausencia por inhibición de los Congresistas titulares

                              será considerada como licencia para efecto de la

                              referida investigción o fiscalización, la misma que
                              no se hará extensiva para otros temas o asuntos a

                              cargo de dicha Comisión Ordinaria, casos en los que

                              seguirá participando como miembro titular.
                              (inciso adicionado. Resolución Legislativa del Congreso 025-2005-CR,
                              publicada ci 21 de julio de 2006)



                     Régimen Laboral y de Seguridad Social
                    Artículo 21. Los Congresistas soff funcionarios públicos al

                    servicio de la Nación. No están comprendidos en la carrera
                    administrativa, salvd en las disposiciones establecidas en el

                     Decreto Legislativo 276, en lo que les hiera aplicable. No

                     pueden ejercer los derechos de sindicación y huelga.


                    Tienen derecho a la seguridad social en, materia de salud

                    y pensiones. El período ejercido será considemdq para el

                    cómputo de servicios prestados  al  Estado .. conforme a los
                    Deçretos Leyes 20530,, 19990, 19846   21021, . según el
                                                                             y
                    régimen al que pertenezca, y en base al derecho pensionario

                    que tenía al ingresar al Congréso.
                    (Párrafo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 011-2001.CR, publicada
                    cf 13 do octubre de 2001)


                     En forma adicional a Íos servicios de Seguridad Social

                    en materia de salud a cargo del Estado, los Congresistas

                    tienen derecho a la contratacin de séguros privados para
                    ellos y sus familiares deiendientes (cónyuge y parientes

                    consanguíneos en primer grado).



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