Page 26 - Reglamento del Congreso 2012
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u) Si el porcentaje de inasistencia injustificada al
                             número total de votaciones llevadas a cabo en

                             un día es superior:




                             ii.l) Al 20%   hasta el 30%, se descontará
                                                   y
                                     un 30% de la remuneración diaria del
                                     Congresista;




                             11.2) Al 30%   hasta el 40%, se descontará
                                                   y
                                     un 40% de la remuneración diaria del

                                     Congresista;



                             ii.3)  Al 40%   hasta el  50%,  se descontará
                                                   y
                                     un  50%  de la remuneración diaria del

                                     Congresista;



                             ii.4)  Al  50% o más, se descontará un día de

                                      remuneración del Congresista.




                             Las inasistencias injustificadas a las sesiones de

                             los demás órganos del Congreso señalados en
                             este inciso, a los que pertenecen los Congresistas

                             dan lugar al descuento de la remuneración diaria.

                             Si la inasistencia injustificada en el mismo día

                             es parcial, asistiendo el Congresista a alguno o
                             algunos de los órganos del Congreso a los que

                             pertenece, el descuento es proporcional.







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