Page 18 - Constitución Política de la República Peruana jurada en Lima el 20 de noviembre de 1823
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• 19. Conceder pré01ios á los beneméritos
de la patria , y decretar honores á su me·
moria.
20. Concede,· pdvilejio'3 temporales á los
autorc~ de alg1ma invencion util ~ la Repú·
blica.
2 1. Instituir fiestas nacioñales }ara man-
tener la un1on civi<:a, aviva r el patriotismo
y perpetuar la mc1uoria de los suce:,OS rnas
céleh.-es de la independencia nacional.
22. 0 t'C'T'ctor todo lo ncce;,,:uio r,ara la. im,-
tr 1c··ion púhlica por medio de plnr'IC:3 fijo<:, é
ipsliLJciones convenientes a la conser\'a<.ion y
pro ,rcsos de la fuerza intelectua\ y estímulo
de los que se dedicaren á la. Cal'rera de las
}¡ltras.
21. Crear establecimientos de caridaa y
beneficencia.
24. Elejir el presidente, y vise-presid('n•
te de la Rep(Iblicc1 de entre los individuos que
le prpponga el Senado.
25. Designar por escrutinio los senado-
res de cada departamento de entre los cleji-
dos por las provincias, cnydando de que no
1algnn dí,s de una misma provincia •
~6. Nombrar cada biennio los individuos
de Ir. j1.1ma conservadora de b. libertad <le
imprenta.
97. Proteje,· la libertad de imprenta, de
modo, que Jamas pueda suspenderse su eJerci·
cio, ni mucho ménos abolirse.
2$. P restar ó negar su consenpmiento para
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