Page 18 - Constitución Política de la República Peruana jurada en Lima el 20 de noviembre de 1823
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      •  19.  Conceder  pré01ios  á  los  beneméritos
      de  la  patria ,  y  decretar  honores  á  su me·
      moria.
        20.  Concede,·  pdvilejio'3  temporales  á los
      autorc~  de alg1ma  invencion  util  ~  la  Repú·
      blica.
        2 1.   Instituir  fiestas  nacioñales }ara man-
      tener  la  un1on  civi<:a,  aviva r  el  patriotismo
      y  perpetuar  la  mc1uoria  de  los  suce:,OS  rnas
      céleh.-es  de  la  independencia  nacional.
        22.  0 t'C'T'ctor todo lo  ncce;,,:uio r,ara  la. im,-
      tr 1c··ion  púhlica  por  medio  de  plnr'IC:3  fijo<:,  é
      ipsliLJciones  convenientes  a la conser\'a<.ion y
      pro ,rcsos  de  la  fuerza  intelectua\ y  estímulo
      de  los  que  se  dedicaren á  la.  Cal'rera  de  las
      }¡ltras.
        21.  Crear establecimientos  de  caridaa  y
      beneficencia.
         24.  Elejir  el  presidente,  y  vise-presid('n•
      te  de la  Rep(Iblicc1 de entre los individuos  que
      le  prpponga  el  Senado.
        25.  Designar  por  escrutinio  los  senado-
      res  de  cada  departamento  de entre  los  cleji-
      dos  por  las  provincias,  cnydando de  que no
      1algnn  dí,s  de  una  misma  provincia  •
         ~6.  Nombrar  cada  biennio  los  individuos
      de  Ir.  j1.1ma  conservadora  de  b.  libertad  <le
      imprenta.
        97.  Proteje,·  la  libertad  de  imprenta,  de
      modo,  que Jamas  pueda suspenderse su eJerci·
      cio,  ni  mucho  ménos  abolirse.
         2$.  P restar ó negar su  consenpmiento para
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