Page 12 - Constitución Política del Perú
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ceo• ·Constllucldn Polftica del PenJ 1993
prenden los de fundar medios de comunicación.
5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de
cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pe-
dido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las
que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.
El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del
juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congre-
so con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.
6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados,
no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.
7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como
a la voz y a ta ima11en propias.
Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cual-
quier medio de comunicación social tiene derecho a que éste se rectifique
en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsa-
bilidades de ley.
8. A la libertad de creación Intelectual, artística, técnica y cíentlflca, así como a
la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el
acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión.
9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en él ni efectuar Inves-
tigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o sin man-
dato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración.
Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo son reguladas
por la ley.
10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos priva-
dos.
Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos sólo pueden
ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento mo-
tivado del juez. con las garantías previstas en la ley. Se guarda secreto de los
asuntos ajenos al hecho que motNa su examen.
Los documentos privados obtenidos con violación de este precepto no tie-
nen efecto legal.
'Los libros, comprobantes y documentos contables y administrativos están
sujetos a inspección o fiscalización de la autoridad competente, de confor-
midad con la ley . .Las acciones que al respecto se tomen no pueden incluir
su sustracción o incautación, salvo por orden judicial.
11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir
de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato
judicial o por aplicación de la ley de extranjerfa.
12. A reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones en locales privados o
abiertos al público no requieren aviso previo. Las que se convocan en plazas
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