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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
            variadas, en el transcurso de mas de cinco siglos, casi en un todo las costum-
            bres y Gvno. de la Nación, respecto al tpo. en qe. escribieron, según observa
            el mismo Azevedo en el M.S. ya citado; aun prescindiendo de los defectos que
            notó en su formacion el Dr. Dn. Franco. Espinoza Abogado de Valladolid, en
            su tratado M.S. sobre el dro. de Leyes de España, de el que poseo un extracto
            bastante individual.
                    A la verdad el Yugo de esta servidumbre no lo sufre solamente la
            Nación Española, por que es común a todas las civilizaciones de Europa. El
            celebre Chanciller Daquefeau en el Mercurial 13a. indica, con su acostum-
            brada eloquencia las poderosas razones qe. tuvieron las Naciones Europeas
            para adoptar la Jurisprudencia Romana, desde que fueron halladas en Ytalia
            las Pandectas, expresando, que, como si tuvieran cumplidos los destinos de
            Roma, daba Leyes a la posteridad reinando en toda la Trra. por la razón des-
            pues de haver cesado de reinar por la autoridad.
                    El descubrimiento de las Leyes Romanas ha formado una de las épocas
            mas memorables en los fastos de la Historia civil y literaria de Europa, y la
            rapida y universal aceptación, que consiguieron provino, no solo de reputarse
            por el mas sublime monumento de la sabiduría de aquellos ciudadanos, y de
            estas sus desiciones apocadas en los dictámenes qe. inspira la razón natural,
            sino principalmte. de la conveniencia misma de los principes y los Pueblos.
                    Aquellos hallaron bien establecida la idea de la Soberanía y solidamte.
            expuestos los principios de la maior parte de sus regalías contra las tentativas
            de los Vasallos y el orgullo y la fiereza de los Magnates.
                    Estos reconocieron que el espíritu de estas disposiciones los hacia mas
            dulces y sociables, y que por su medio podían combatir los dros. tiránicos
            que havia introducido la barbarie y se honraban con el nombre de Leyes en
            el sistema feudal, oponiendo esta barrera a el poder abusivo de sus señores y
            Barones.
                    Asi el ínteres de los Principes y el consentimiento de los Pueblos tu-
            vieron la principal influencia en el alto grado de estimación a que se elevó la
            Jurisprudencia Romana sirviendo despues de modelo para la justicia y equi-
            dad qe. brillaban en ella, a los demas cuerpos legislativos qe. se publicaron
            posteriormente en Europa.
                    Milita también otra razón de congruencia no poco eficaz para con-
            servar pr. ahora el estudio de el dro. Romano y es que casi todas las Naciones
            de Europa (que le son deudoras de los primeros progresos de su civilidad) le



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