Page 62 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Volumen 1
Reflexiones sobre el Plan de Estudios del Colegio de San Carlos
cultivan como preliminar al de sus cuerpos legales, no solo por conceptuarle,
aun que informe y indefectuoso, como uno de los depositos mas recomenda-
bles de los ilustrados conocimientos de los antiguos P.C., sino por serles muy
útiles su instrucción para penetrar el espiritu mismo de sus propios usos y
estatutos que se formaron, o a lo menos se rectificaron sobre los principios de
la Jurisprudencia Romana.
Por otra parte, siendo estas las huellas que nos dexaron estampadas
Martin Aspilcueta, Antonio Agustin, los dos Covarrubias, Menchaca, Larrea,
Solorzano y otros varones esclarecidos de la Nación, que aun hoy a pesar de
la superioridad de las luces de este siglo, los consultamos como oráculos de la
jurisprudencia y son las principales antorchas de las resoluciones de los Tribu-
nales, seria empresa no poco aventurada la de separarnos del camino qe. nos
dexaran trillado y pretender subir a la elevada cumbre de la ciencia legal por
sendas incógnitas y desusadas.
Estas justas consideraciones me han detenido para subscribir el dicta-
men de los A.A. de el Plan; y si el Consejo no estimase conveniente la varia-
ción que solicitan introducir, de emprehender el estudio de la Jurisprudencia
Patria, sin tomar algunas nociones de la Romana, podra adoptar el methodo
que juzgare mas oportuno de los que se hallan aprobados para las Universida-
des de España.
Sugetando siempre mi parecer a la censura de tan Augusto y respetable
Senado propondré el methodo, que contemplo mas sencillo y proporcionado,
para que los colegiales logren instruirse en la Jurisprudencia Romana y Patria.
DERECHO ROMANO
No siendo justo que los Jovenes empleen el dilatado tpo. que suelen
consumir en las Universidades, en el estudio de la Jurisprudencia Romana que
solo debe considerarse como preparatorio al de el dro. Español podran pasar
el primer año la Historia del dro. Romano, por Carlos Martini u otro Autor y
las Instituciones de Justiniano con el comentario de Vinio añadido y correxi-
do pr. Dn. Juan Sala, que no solo suprimió muchas cosas inútiles, sino ilustró
varios pasages substituyendo en las notas, en lugar de el dro. de Holanda, el
Español; con algunos apendices de materias peculiares a ntra. legislación.
Por este medio conseguirán los Jovenes tomar desde luego alguna tintu-
ra de el dro. Patrio, advirtiendo su discrepancia o conformidad con el Romano,
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