Page 318 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
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Volumen 5
Oficios de Pio Miraval para que se le declare no estar obligado al pago de costas
necesaria presento. Allí por una deposicion conteste de un crecido número de
testigos de la mayor excepcion, y recomendaciones, aparece que Pío Mirabal,
muy distante de haver concurrido á la insurreccion, ni tenido la mas remota
intervencion en ella, hizo acciones heroycas de fidelidad contra los revolu-
cionarios, los persiguió, apresó muchos de ellos, y los consignó á la Justicia,
defendió su pueblo de sus incursiones, reuniendose con otros fieles y prove-
yéndoles de armas, municiones, y víveres, en todo lo quál. nó solamente expu-
so su vida, sinó que prodigó generosamente sus bienes. Estas pruebas bastan-
tes, tanto para alejar toda sospecha, como para recomendar los méritos de un
hombre fiél á su soberano, reunidos al mérito del proceso, hacen justamente
esperar á mi parte que se le declare una indemnidad, que se le debe por toda
justicia, para que nó se le confunda con los demas criminales, que tubieron
la desgracia de faltar á sus mas sagrados deberes. En hora buena que pague el
que há delinquido la pena de su temeridad. Sí esto es conforme á toda razon,
lo es mucho mas bien el que se proteja la inocencia. Estoy bién seguro que los
mismos interesados en las costas, á presencia de la conducta que há observado
mi parte, coadyubarán con su solicitud; pués que mas puede en ellos el ympe-
rio de la justicia que qualquiér otro interés. El de las costas que con razon han
reclamado debe reintegrárseles con los bienes de los criminosos; pero nó con
la substancia de uno que muy lejos de serlo, se há conducido de un modo el
mas recomendable, y meritorio. Por tanto:
A Vuestra Alteza pido, y suplico se sirva probéer, y declarár como so-
licito por ser de justicia que imploro con el juramento necesario etc.
Otro si digo: Que para hacér constar en la Yntendencia de Tarma que
mi parte há hécho sus gestiones á esta Superioridad dentro del término que se
le concedió, suplico a Vuestra Alteza que la Escribanía de Cámara me dé el co-
rrespondiente certificado de haver instaurado el presente recurso, y de quedár
pendiente su resolucion. Pido justicia Ut Supra.
Ygnacio Ortiz de Zevallos (Rubricado). Jose Gutierres (Rubricado).
Lima y Octubre ocho de mil ochocientos dies y ocho.
En lo principal trahigase con los autos: Al otro si desele la certificación
que pide con citación.
Jurado (Rubricado). – Muchas otras rúbricas.
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