Page 99 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
del Juramento que fecho tiene en que se afirma, y ratifica leída que le fue su
declaración, expresó no comprehenderle las generales de la ley, y diciendo ser
de edad de treinta y tres años lo firmó con Su Señoría de que doy fe.
Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
Diego Adalid (Rubricano).
Mariano Flores (Rubricado).
Ante mi: Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escribano de Su Majestad.
En la misma fecha: en continuación de la prueba que está producien-
do el reo José Beraún, se presentó por este ante Su Señoría por testigo á Don
José Castillo a quien se le recivió juramento que lo por Dios Nuestro Señor y
una Señal de Cruz, bajo del qual ofreció decir verdad de lo que supiere, y le
fuere preguntado, y siéndolo al tenor del anterior. Esto dijo: Que es cierto que
Mariano Vélez pasa por bufón en esta Ciudad, y en prueba aun se ha divertido
con él barias veces, pero que no puede deponer contra su conducta, a no ser el
haver oído decir, que éste, y su hermano le havían hecho juntos un robo al di-
funto Don Agustín Pérez; y por lo relativo a José Beraún presume sea de buena
conducta por los negocios en que lo ha visto versarse continuamente. Que es
la verdad de lo que puede deponer, so cargo del Juramento que fecho tiene en
que se afirma, y ratifica leída que le fue esta su declaración, expresó que no le
tocan las generales de la Ley, y diciendo ser de edad de treinta y ocho años lo
firmó con Su Señoría de que doy fe.
Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
José del Castillo (Rubricado).
Mariano Flores (Rubricado).
Ante mi: Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escribano de Su Majestad.
Nota: aumento de su Escrito a fojas 728. (Rúbrica).
(En una hoja)
Defenza de Don José Narvarte.
[Reverso en blanco]
(Margen superior izquierdo)
Narvarte.
(Margen superior derecho)
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