Page 95 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            públicos, por quanto ultraja la persona de que tiene mayor respeto, y lo que es
            más de un Padrino; últimamente en el dado caso, que hubiesen esos secretos,
            fueron sin duda para tratar de probeer la cosina, como se prueba por la con-
            clusión de la décima quarta pregunta de la confesión de mi parte, y por lo que
            declaran sus testigos en la segunda pregunta del Ynterrogatorio.
                    Profundisando en rigor, si mi parte cometió crimen digno de castigo
            por haber acompañado en la fuga a Castillo, sacaremos con la mayor claridad
            en limpio, que no lo cometió, por quanto obedeció a su Padrino, como que
            efectivamente lo es de agua, y óleo; y el amor paternal, que le debe tener, natu-
            ralmente había de prebalecer a todos los inconvenientes que se le presentasen:
            lo cierto es, como lo confiesa mi parte en la cláusula veinte y dos y lo declara,
            Juan José Ayala, que él libró un homicidio, y sin ninguna resistencia (por que
            conocía, que no tenía delito) se tregó a las tropas que fueron a buscar: en aten-
            ción a que todo esto no admite duda, por que está probado, parece, que no hay
            méritos, para que mi parte se le estime como á Ynsurgente, sino que Vuestra
            Señoría mande, que su nombre se ateste de la visita de ellos, lo primero por
            que como dicen los Testigos, no es cómplice ni en la Sublevación, ni en sus
            incidencias; lo segundo por que lejos de mesclarse con ellos, le quitaron los
            pocos bienes, que tubo: lo tercero que aunque es verdad sirbió al Caudillo de
            los Alsados Castillo no en clase de consejero, ni de que daba disposiciones,
            sino como un moso de manos; y lo quarto, que si lo siguió hasta su fuga, yá
            fue por ser su hayjado, y por que le debía amar de Justicia: a la prueba se agre-
            ga, librarlo del suicidio, que voluntariamente quería hacer, y yo entregarse a
            las tropas de Vuestra Señoría: por todo lo qual, y haciendo el pedimento mas
            conducente.
                    (Al margen)
                    A Vuestra Señoría pido, y suplico, que considerando todo lo relatado,
            se sirba mandar declarar á mi parte por libre de los crímenes que no ha co-
            metido; y en su consequencia, para que siempre quede su honor cubierto, el
            Escribano le libre testimonio de la definitiva, que en su favor se declare: sobre
            todo pido justicia, y así espero alcansarla de la poderosa mano de Vuestra Se-
            ñoría, etc.
                                         José de  Binia (Rubricado).









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