Page 312 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen  3
                        Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco - Segunda parte
            de los sublevados hasta que los comisionados los sacaron de él. Si la causa
            que resulta contra este, tuviera entre un conpetente numero de los testigos,
            que en ella declaran algunos de aquellos que son necesarios, ó los apete-
            ce la ley, para que por su virtud sele estimase como á Reo; yá se hubiera
            justificado todo lo aqui expuesto; mas como á la razon natural se hace
            repugnante la deposicion varia de un solo testigo; y mucho mas, quando
            en el discurso de infinitos, de que se compone el Proceso; ninguno, ni por
            incidencia menciona á Jose Garay, (siendo asi oportuno de la junta sobre
            que se le condena, se ha dedicado este Govierno con particularidad, á fin
            de exclareser la verdad, y resultas de esa junta denunciada por el mismo
            testigo Cierra) en consideracion á esto, y á que este pobre sapatero es un
            idiota, que ignora los primeros rudimentos de las letras, ¿como no se po-
            drá creer que su confesion es verdadera y su inocencia palmaria? En con-
            formidad á todo ello, siendo del superior agrado de Vuestra Señoria podrá
            mandar, que sele ponga en libertad; pues ademas de no necesitarse para
            vincular su defensa mendigar por argumento, ó abultar con caracteres este
            recurso, parece que con los dias, que ha sufrido de carceleria, há purgado
            lo que cierto o incierto pretende condenarlo el solo testigo de quien se há
            tratado sin que otro alguno lo fiscalise en el Proceso.


                    (Al margen)
                    A Vuestra Señoria pido y suplico, que dandome por contestado al tras-
            lado, se sirba mandar hacer efectiva la libertad, que se solicita, ó lo que estime
            mas de justicia, etc.
                                                Jose de  Binia (Rubricado).


                    (Al margen):
                    Huanuco y mayo 16 de 1812. Como se pide. Gonsales (Rubricado).
            Antemi Travitaso (Rubricado). Mariano Flores (Rubricado).
                    Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado). Escribano de Su Majestad.


                                  Señor Governador Yntendente.
                    Don Jose de Binia á nombre de Don Jose Marin preso por motivo de
            que lo suponen mesclado en la presente Ynsurreccion puesto a los pies de
            Vuestra Señoria con todo respeto; y como melos preceda de derecho, paresco
            y digo: Que los Autos seme han comunicado en traslado, y me hallo impedido



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