Page 307 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            esclaresca la verdad, y. jurando á Dios Nuestro Señor en la forma que me co-
            rresponde y en anima de mi parte.
                    (Al margen)
                    A Vuestra Señoria pido y suplico que en atencion a lo espuesto se sirva
            mandar se me resiva la informacion ofrecida, y fecho se me entreguen origi-
            nales para los fines que me combengan, todo en virtud de la defensa de que
            estoy echo cargo por ser de justicia vuestra.
                                                        Santos de la Vega (Rubricado).


                    Ynmediatamente para la prueba pedida y mandada dar la parte de Ma-
            nuel Reyes presentó por testigo al Regidor Don Juan Antonio Narro de quien
            Su Señoria recibió juramento que lo hiso por Dios Nuestro, Señor y una señal
            de cruz segun forma de derecho so cargo del qual prometio decir verdad en lo
            que supiere y fuere preguntado y siendole por el interrogatorio inserto en el
            recurso de la otra foxa espuso lo siguiente:
                    (Al margen) A la primera.
                    Que el declarante lo conose y avisto a Manuel Reyes que se ha manteni-
            do travajando su oficio de Plateria onrradamente y tambien arrendando vestias
            y responde.
                    (Al margen) A la 2a.
                    Que oyó decir que en el dia que entraron los Yndios insurgentes a esta
            ciudad estubo Manuel Reyes en el Puente defendiendo la entrada de ellos,
            hasta que todos se retiraron, y responde.
                    (Al margen) A la 3a.
                    Que ignora su contenido, y responde.
                    (Al margen) A la 4a.
                    Que es verdad constante y notorio todo lo que se le expresa en esta
            pregunta y responde.
                    (Al margen) A la 5a·
                    Que lo dicho y declarado es quanto save y puede decir so cargo del
            juramento que fecho tiene en que se afirmó y ratificó siendole leyda esta su de-
            pocicion que no le tocan las generales de la ley es de edad de quarenta y quatro
            años y la firmo con Su Señoria de que doy fee – entre renglones = publico y
            notorio y = es de edad de quarenta y quatro años = vale.
                                Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                 Juan Antonio Narro (Rubricado).



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