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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José Baquíjano y Carrillo
el virrey del Perú a un año más, contado desde que cumplan los dos de su
licencia, con la calidad de que pasado, se restituya al servicio de su cátedra,
declarándola desde luego por vacante en el caso de no verificar su regreso,
pasado dicho término. Que es cuanto puedo informar a vuestra excelencia en
consecuencia de la real orden de 28 de mayo de este año.
Dios guarde a V.E. muchos años- Madrid 6 de Junio de 1794.
El marqués de Bajamar (firma y rúbrica)
Señor don Eugenio de Llaguno.
FUENTE: A.G.I. Lima, leg. 620.
Señor:
Don José Baquíjano y Carrillo puesto a los reales pies de vuestra ma-
jestad rendidamente expone:
Que apoyado en los distinguidos y sobresalientes méritos que ha con-
traído en la real Universidad de san Marcos de Lima, en cerca de treinta años
de doctor en ambos derechos, diez y seis de ser catedrático, principiando por
las inferiores hasta obtener la de prima de Cánones (con la obligación de en-
señar el derecho patrio por especial encargo de aquel superior gobierno) y en
las demás comisiones, que como a su conciliario mayor le ha fiado aquel res-
petable cuerpo, ha solicitado de V.M. se dignase jubilarse en la referida cátedra
de prima de Cánones, que obtiene por ser así conforme a la justicia que exige
sea recompensado con esa distinción un miembro que ha servido de lustre y
honor a la real escuela.
Aunque esta solicitud sea conforme a la costumbre de aquella Univer-
sidad, en la que se numeran los años de las cátedras inferiores para la jubila-
ción de la de prima, concedida por los virreyes en calidad de vice-patronos
(según aparece del documento que corre unido al expediente) el que expone
para su mayor justificación acompaña con el debido respeto el informe de la
real Universidad, en que suplica a V.M. se digne conceder al exponente esa
gracia, no sólo por ser conforme a sus antiguas y recomendables prácticas,
sino también por ser el único estímulo para los demás catedráticos, siendo
ésta la más clara expresión de que distante de perjudicarse por ella sus indivi-
duos, la juzgan oportuna para el mayor fomento y cultivo de las letras; y por
tanto suplica rendidamente a V.M. se digne tener presente al tiempo de poner-
se al despacho el expediente, el informe y súplica de la real Universidad de san
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