Page 404 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Volumen  1
                                           Sobre la jubilación de Baquíjano de la cátedra de prima de cánones
            público desinterés y desvelo y es el más consolante testimonio de que nume-
            rándose en los consejos, Audiencias y demás tribunales más de doscientos
            ministros, en la distinción de honorarios y supernumerarios con sueldo, o sola
            opción, disfrute también de esta gracia un americano, a quien este nombre no
            le hace menos digno de la generosidad de su majestad y que por obtenerla ha
            emprendido dos viajes tan molestos, arriesgados y costosos, esperando que
            la soberana clemencia de V.M. se digne atender a esta humilde súplica que se
            halla pronta para el despacho
                    San Ildefonso y agosto 16 de 1794.
                                  José Baquíjano y Carrillo (firma y rúbrica)


                                       FUENTE: A.G.I. Lima, leg. 620.


                    Señor
                    Don José Baquíjano y Carrillo, puesto a los reales pies de vuestra majes-
            tad rendidamente expone: Que el Cabildo y Ayuntamiento de la ciudad de Lima
            y la real Universidad de dicha capital, le nombraron por su diputado general en
            esta corte; pero como le era embarazo para el desempeño de esta comisión la
            cátedra de prima de Cánones, que obtiene en la referida real escuela; solicitó de
            vuestro virrey del Perú, la licencia necesaria para pasar a estos reinos.
                    Vuestro virrey, atendiendo a la causa pública, a los repetidos ejempla-
            res y a que, el exponente dejaba aprobado sustituto para el servicio de la cáte-
            dra le concedió ese permiso por el término de dos años, que han de cumplirse
            en el próximo mes de enero, según se demuestra de la licencia original que
            tiene presentada en la Secretaría de Gracia y Justicia.
                    Las actuales circunstancias de la guerra, habiendo obligado al que su-
            plica a un dilatado viaje de cerca de un año, han impedido también el que
            pueda expedir los principales encargos de aquellos ilustres cuerpos y para que
            no les cause perjuicio la falta de licencia para residir en esta corte.
                    A vuestra majestad, suplica rendidamente se digne prorrogársela por
            dos años, como lo espera de la justicia y bondad de vuestra majestad.
                    San Ildefonso y septiembre 10 de 1794.
                                  José Baquíjano y Carrillo (Rúbrica).
                    [Al margen: 14 de septiembre de 1794]
                    Su majestad le prorroga por un año más la licencia.
                    Fecho a 17 dicho.



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