Page 836 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            fomentadora de la rebelión, auxiliando al rebelde con gente y dinero, como
            lo acredita el proceso, que se le fulminó a la suso referida y dió mérito supe-
            rabundante, a que se le quitase la vida en público cadalzo, como es público y
            notorio; de ayes (sic) que las penas establecidas en la citada Ley deben verifi-
            carse en el referido su hijo Ramón Delgado, en observancia de lo prescrito en
            la mencionada ley.
                    Atendiendo el Fiscal a que los testigos de la sumaria tienen declarado
            que el predicho Ramón, fue conduciendo la gente del pueblo de Acos al de
            Tungasuca; y que también en compañía del rebelde vino al cerro de Piccho
            y teniendo consideración a que como hijo de Tomasa Condemaita, princi-
            pal autora de la sedición, se hubiese interesado y que estas circunstancias son
            vehementes presunciones de su complicidad; pide además de las penas esta-
            blecidas por la enunciada ley, a saber de ser declarado por infame e inhábil
            para suceder a su madre y parientes y aún a los extraños, la de destierro por el
            tiempo y al lugar que fue del agrado de Vuestra Señoría, mediante justicia, que
            es la que solicita el Fiscal. Cuzco y junio 25 de 781.

                                                        Figueroa (rubricado)


                    Cuzco 26 de junio de 1781.
                    Traslado a Ramón Delgado, quien en el acto de la notificación, nom-
            brará Abogado que le defienda en esa causa con apercivimiento.
                    Una rúbrica.
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (rubricado)


            [Miguel de Iturrizarra es nombrado Defensor de Delgado].


                    Incontinenti se hizo saber el auto antecedente a Ramón Delgado, quien
            dijo nombraba por su defensor al Doctor Don Miguel de Iturrizarra, de que
            certifico.

            Ramón Delgado
            (rubricado)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (rubricado)



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