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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
A Vuestra Señoría pido y suplico que habiendo por presentados los
adjuntos documentos, se sirva de proveer y mandar como llevo expresado por
ser de justicia que pido y para ello etcétera.
Doctor lturrizarra
( rubricado)
Miguel de Zamalloa
( rubricado)
Cuzco 9 de junio de 1781.
Recíbese esta causa a prueba con término de tres días comunes a las
partes y todos cargos .
Una rúbrica.
Manuel Espinavete López
(rubricado)
Incontinenti se hizo saber el anterior auto al Solicitador Fiscal y a Mi-
guel Zamalloa, a cada uno de por sí de que certifico.
Espinavete (rubricado)
[El Fiscal reproduce lo que consta de autos].
El Ahogado Fiscal en los autos criminales /.26seguidos contra Miguel
Zamalloa, de oficio por la rebelión de Tupa Amaro, en que se le consideró
como cómplice, dice: que se ha recibido a prueba con término de tres días
comunes, no tiene ninguna que dar, sino la que consta de autos, la que repro-
duce para que si fuese errado el concepto formado a fojas 13, ejecute Vuestra
Señoría lo que le pareciese de justicia. Estudio y junio de 1781.
Murillo (rubricado)
[Zamalloa solicita la declaración de Genuario Castro].
Don Miguel Zamalloa, en los autos criminales que de oficio de justicia
se siguen contra mi, por habérseme imputado complicidad en el alzamiento
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