Page 692 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            [Certificación expedida por Manuel Boza. Abril 15, 17 81].


                    Certifico yo Don Manuel Boza, Cura propio de la Doctrina de Santo
            Tomás, que en los veinte y tres días que he sufrido de prisión por el rebelde
            Tupa Amaro he observado que Miguel Zamalloa, vecino de Sicuani, en nada
            ha intervenido con el dicho rebelde y que al contrario en las conversaciones
            que tuve con él, conocía era fiel vasallo del Rey Nuestro Señor y demostraba
            muchos deseos de desertar de las banderas del dicho rebelde, abandonando su
            mujer e hijos; y para que conste lo firmé. Cuzco y abril 15 de 1781.


                                                        Manuel Boza
                                                        (rubricado)

            [Miguel Zamalloa, respaldado por Iturrizarra, hace su defensa].

                    Don Miguel Zamalloa, en los autos criminales que de oficio de justicia
            se siguen contra mi, por suponérseme cómplice en la rebelión suscitada por el
            rebelde José Tupa Amaro, respondiendo al traslado que se me dió de la repre-
            sentación del Ahogado, Solicitador Fiscal nombrado en la causa, en que por
            consideración a que de la sumaria de fojas no resulta cargo, ni culpa contra
            mí, pide que se me declare por libre de toda pena y se me relaje de la prisión
            en que me hallo, digo: que justicia mediante se ha de servir Vuestra Señoría
            proveer, no sólo como pide el Solicitador Fiscal, sino también aprobar posi-
            tivamente mi fidelidad al Rey Nuestro Señor y la constancia válida y robusta,
            con que me he tolerado las terribles persecuciones y hostilidades de dicho re-
            belde, por sostenerla en toda su pureza y las diligencias que practiqué a fin de
            libertar el ejército del Rey Nuestro Señor de la traición, que le tenía preparada
            en el lugar de Pucacasa y del exterminio, que hubiese padecido a no tener el
            oportuno aviso, que le comunicó por mí y otros españoles, para percatarse de
            su alevosía. Lo que es conforme a derecho /.23V y siguiente.
                    La sumaria información, que preciso al Ahogado Solicitador Fiscal
            a un pedimento tan necesario como el de mi total absolución no solamente
            demuestra mi inocencia e inculpabilidad en el asunto de la perfidia de Tupa
            Amaro, sino también y aún mucho más la fortaleza con que supe desobede-
            cer, contravenir y resistir las órdenes de elite traidor relativos a su perverso
            designio y con que pacientemente toleré las gravísimas penalidades con que



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