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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Doctor Miguel de lturrizarra
(rubricado)
[Se recibe, por seis días la causa a prueba. Junio 27, 1781].
Cuzco y junio de 1781.
Recíbese esta causa a prueba con término de seis dí comunes con to-
dos cargos de citación, conclusión y día para oir sentencia.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
Incontinenti se hizo saber al anterior auto al Solicitador Fiscal y defen-
sor de Juan de Dios Inca Roca a cada uno de por si de que certifico.
Espinavete
(rubricado)
[El Fiscal pide la ratificación de los testigos].
El abogado que hace de Solicitador Fiscal en los autos criminales con-
tra Juan de Dios Inca Roca sobre complicidad con José Gabriel Tupa Amaro
en la rebelión y lo demás deducido dice: Que estando recibida la causa a prue-
ba / . 10 es necesario se ratifiquen los testigos de la sumaria en este término.
Por tanto y reproduciendo lo que tiene expuesto en la acusación de fojas.
A Vuestra Señoría pide y suplica se sirva proveerlo y mandarlo así por
ser de justicia que solicita etcétera.
Antonio Felipe de Tapia (rubricado)
Cuzco, 28 de junio de 1781.
Como se pide y hecho pásense estos autos al defensor de Juan de Dios
Inca Roca.
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