Page 234 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
deponen los testigos, ni hubieran conseguido la confianza que dicen tenía de
ellos, haciéndolos el archivo de sus secretos y dándoles el manejo de sus co-
rrespondencias, las cuales si como dicen procedieran de buena fe y como lea-
les vasallos de Su Majestad las hubieran manifestado en sus confesiones, para
que se viniese en conocimiento de los cómplices. Pero en ellas se reconoce una
estudiosa ocultación de ellos, por no ser verosímil, que unos sujetos que es-
cribían las cartas y tenían todo el manejo de papeles, ignorasen los correspon-
dientes del rebelde, ni que éste los dejase de tener, pues sin ellos, no se hace
presumible tuviese arrojo, para venir a asaltar a esta ciudad y posesionarse /.
46v de ella con tanta confianza de su logro, que consigo condujo todos sus bie-
nes y familia, como lo deponen los testigos de la suso citada sumaria; y asi no
es dudable que dichos reos José Esteban de Escarcena y Mariano de la Banda,
se hallan convictos del atroz crimen de lesa Majestad, son fútiles las excepcio-
nes que deducen en sus confesiones, que no son dignos de gozar de indulto,
por la presentación voluntaria que aparentan y que deben ser condenados en
las penas establecidas por Leyes Reales. En cuya atención.
A Vuestra Señoría pido y suplico que habiendo por puesta la acusa-
ción en forma a José Esteban Escarcen a y a Mariano de la Banda, en fuerza
de lo que ministra el proceso y llevo deducido se sirva mandar hacer, según y
como tengo pedido, que será de justicia, que espero de la notoria justificación
de Vuestra Señoría y juro a Dios Nuestro Señor y a esta señal de cruz, que en
lo que pido no procedo de malicia, sino por concebirlo de justicia etcétera.
José de Saldívar y Saavedra
(rubricado)
Cuzco 9 de junio de 1781.
Traslado a José Escarcena y Mariano Banda, quien en el acto de la no-
tificación nombrarán Ahogado, que les defienda con apercivimiento.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
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