Page 1104 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            A la tercera pregunta, dijo que es muy cierto que el Rebelde no sólo amenaza-
            ba a los que huían de su partido con la muerte, sino que en efecto hacía ejecu-
            tar sus amenazas y para arredrar a todas aquellas pobres gentes puso horcas y
            responde.
            A la cuarta dijo que es cierto que conociendo el Rebelde que José Mamani re-
            luctaba a sus órdenes, procuró perseguirlo y aun le escribió dos esquelas en las
            que le decía lo mandaría matar si acaso prontamente no le acudía con la gente
            que le tenía pedida, cuyas esquelas se las mostró Mamani al Padre declarante
            las que las cosió Mamani en la pretina de sus calzones para presentarlas a su
            tiempo en prueba de su coacción por el Rebelde y responde.
            A la quinta, dijo que es muy cierto todo lo que en esta pregunta se asevera por-
            que Micaela Bastidas, airada de la renuncia de Mamani en hacer poco aprecio
            de sus órdenes, hizo prisioneras a la madre y mujer de Mamani, teniéndolas
            por largo tiempo en prisión, y responde.
            A la sexta, dijo que es muy cierto que en las conversaciones que tuvo con el
            Padre, José Mamani, le dio a conocer su fidelidad y amor al Rey nuestro Se-
            ñor, pues como ya tiene dicho llorando se lamentaba del engaño con que fue
            contraído al partido del Rebelde, del que no se podía separar por las razones
            expresadas, y aun con el Padre declarante se hizo notar una carta para el señor
            Inspector, avisándole de la intención / . 34v que tenía de pasarse a nuestras
            tropas y la imposibilidad que había por estar los caminos guardados; pero que
            con todo se retiró a la iglesia de Checacupe. Que esto es lo que sabe y la verdad
            bajo del juramento que ha prestado en que se afirmó y ratificó siéndole leída
            esta su declaración de principio a fin, dijo ser de edad de cuarentiocho años,
            que no le tocan las generales de la ley y lo firmó de que doy fe.
                                                               Fray Isidro Rodríguez
              Predicador General
                  (rubricado)
                                                        Ante mí
            José Agustín Chacón y Becerra
            Escribano Notario Público de Su Majestad
                           (rubricado)
            (Al margen: 2do. testigo. El reverendo padre Lector Jubilado fray Nicolás To-
            rres de la orden de Redentores de Nuestra Señora de la Merced, de edad de 45
            años).
            Y luego incontinenti en dicho día, mes y año en prosecución de la informa-



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