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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
que tiene puesta, para que en su vista se sirva Vuestra Señoría determinar
como tiene pedido o lo que hallare por ser mas ajustado a derechos y justicia.
Cuzco y junio 13 de 1781.
Doctor Rudecindo Tomás de Vera
(rubricado)
[Cataño solicita licencia para que declare Fray Nicolás de Torres].
Muy Reverendo Padre Maestro Provincial.
Mariano Cataño, preso en este cuartel, como mas haya lugar en dere-
cho, parezco ante Vuestra Señoría Padre Reverendo y digo que la benignidad
se ha de servir el concederle licencia al Reverendo Padre Fray Nicolás Torres
para que in verbo sacerdotis tacto pectore diga los padecimientos y demás
persecuciones que yo experimenté por el vil rebelde José Gabriel Tupa Amaro
y las demás amenazas que con mi persona se ejecutaron y todo cuanto acaeció
en presencia de dicho Reverendo Padre, por convenir asi a mi derecho. Por
todo lo cual y haciendo el pedimento que compete.
A Vuestra Señoría Muy Reverendo pido y suplico se sirva de conce-
derle la licencia que pido se le dé al dicho Padre Fray Nicolás Torres, que es
merced que espero alcanzar de la claridad de Vuestra Señoría Padre Reveren-
do etc.
Mariano Cataño
(rubricado)
[Se concede licencia para la declaración. Junio 15, 1781].
Cuzco, junio 15 de 1781.
Por presentada, se concede al contenido la licencia que solicita esta
parte. Asi lo proveyó, mandó y firmó nuestro Muy Reverendo Padre Maestro
Fray Pedro de la Sota, Provincial de esta de la Visitación del Real y Militar
Orden de Nuestra Señora de La Merced Redención de Cautivos, de que doy fé.
Fray Pedro de la Sota
Provincial
(rubricado)
Fray Matías Loayza
Pro-Secretario
(rubricado)
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