Page 644 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes
            (media firma y rúbrica)


                    [Matías Isunza es nombrado Defensor de los encausados. Junio 25,
            1781].


                    Cuzco, 25 de Junio de 1781.

                    Al doctor don Matías Isunza, a quien se nombra por defensor de Mi-
            guel Anco y José Amaro, quien acepte y jure.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
            Manuel Espinavete López
            (firmado)

                    (Al margen: Aceptación).
                    En la ciudad del Cuzco, en veinte y cinco días del mes de Junio de
            Junio de mil setecientos ochenta y un años, yo el escribano hice saber lo con-
            tenido en el decreto de arriba al doctor don Matías Isunza, presbítero abogado
            de la real audiencia de Lima, en su persona, estando en las casas de su morada,
            y enterado en él dijo que aceptaba y aceptó el cargo, y juró inverbo sacerdotis
            tacto pectore de usar fiel y legalmente en la diligencia que se le encomienda,
            de que doy fé.
            Isunza
            (media firma y rúbrica)
            Ante mi
            Tomás de Villavicencio
            (firmado)
            Escribano de Su Majestad y público


                    [Defensa que de sus patrocinados hace Matías Isunza].
                    El abogado nombrado de oficio para la defensa de Miguel Anco y José
            Amaro en los autos criminales formados contra éstos sobre complicidad en
            la rebelión ejecutada por José Gabriel Tupa Amaro y lo demás deducido, res-
            pondiendo al traslado de la acusación puesta por el solicitador fiscal, dice que
            justicia mediante y usando de equidad se ha servir vuestra señoría mandar se
            les conmute la pena ordinaria pedida, en alguna arbitraria, sin mutilación ni



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