Page 644 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
P. 644
Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
(media firma y rúbrica)
[Matías Isunza es nombrado Defensor de los encausados. Junio 25,
1781].
Cuzco, 25 de Junio de 1781.
Al doctor don Matías Isunza, a quien se nombra por defensor de Mi-
guel Anco y José Amaro, quien acepte y jure.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
(Al margen: Aceptación).
En la ciudad del Cuzco, en veinte y cinco días del mes de Junio de
Junio de mil setecientos ochenta y un años, yo el escribano hice saber lo con-
tenido en el decreto de arriba al doctor don Matías Isunza, presbítero abogado
de la real audiencia de Lima, en su persona, estando en las casas de su morada,
y enterado en él dijo que aceptaba y aceptó el cargo, y juró inverbo sacerdotis
tacto pectore de usar fiel y legalmente en la diligencia que se le encomienda,
de que doy fé.
Isunza
(media firma y rúbrica)
Ante mi
Tomás de Villavicencio
(firmado)
Escribano de Su Majestad y público
[Defensa que de sus patrocinados hace Matías Isunza].
El abogado nombrado de oficio para la defensa de Miguel Anco y José
Amaro en los autos criminales formados contra éstos sobre complicidad en
la rebelión ejecutada por José Gabriel Tupa Amaro y lo demás deducido, res-
pondiendo al traslado de la acusación puesta por el solicitador fiscal, dice que
justicia mediante y usando de equidad se ha servir vuestra señoría mandar se
les conmute la pena ordinaria pedida, en alguna arbitraria, sin mutilación ni
643