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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            tenientes de esta cathedral y parroquias suburbanas, que en sus yglesias a las
            missas maiores, los domingos y fiestas de guardar, teniendo una cruz cubierta
            con un velo negro y un acetre de agua y candelas encendidas os anatematicen
            y maldigan con las maldiciones siguientes: Malditos sean los dichos excomul-
            gados de Dios y de su Bendita Madre. Amen. Huerfanos se vean sus hijos y
            sus mugeres viudas. Amen. El Sol se les obscurezca de dia y la Luna de noche.
            Amen. Mendigando anden de puerta en puerta y no hallen quien bien les
            haga. Amen. Las plagas que embió Dios sobre el Reyno de Egypto vengan so-
            bre ellos. Amen. La maldicion de Sodoma Gomorra, Datan y Aviron que por
            sus pecados los tragó vivos la tierra, vengan sobre ellos. Amen. Con las demas
            maldiciones del Salmo ciento ocho Deus laudem meam ne tacueris. Y dichas
            las tales maldiciones, lanzandó las candelas en el agua, digan: Assi como estas
            candelas mueren en esta agua, mueran las animas de los dichos excomulga-
            dos y desciendan al Ynfierno con la de Judas Apostata. Amen. Y no dexen de
            la assi cumplir hasta que por nos, otra cosa se mande. Dada en la ciudad del
            Cuzco a veinte y tres de abril de mil setecientos ochenta y un años.—
                    Juan Manuel Obispo del Cusco (Rubricado).
                    Por mandato de su Ylustrissima el Obispo mi Señor.


                    Joseph Domingo de Frias Secretario.


                    En cumplimiento del superior orden de Su Señoria Ylustrissima publi-
            qué estas Censuras en esta Santa Yglesia Catedral en veinte y cinco del mes de
            abril de mil setecientos ochenta y un años y para que conste lo firmé en dichos
            dia, mes y año.


                    Doctor Celso José Masias (Rubricado).




                    Certifico yo el infrascripto Notario como a consequencia del orden
            superior de Su Señoria Ylustrissima el Obispo mi Señor lo contenido de las
            censuras de la buelta publiqué y lei en las yglesias contenidas en el margen en
            altas e intelegibles voses en días feriados, domingos y de concurso de gentes
            comviene a saver el dia de San Marcos de veinte y cinco de abril en la yglesia
            del Monasterio de Santa Cathalina de Sena.— El veinte y seis en la del Con-
            vento de San Agustin; en veinte y ocho en la de Nuestra Señora de las Merce-



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