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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            combocatorias a este logro con pretextos del servicio del Rey.— Puestos asi
            aquellos yndios como los demas provincianos con semejante engaño a vista de
            tan funesto espectaculo declararon el odio que havian conciliado contra dicho
            corregidor ya por las gravisimas estorsiones que por él y sus cobradores su-
            frían ya por el violento manejo del mismo, y ya por haverles repartido mas de
            trescientos mil pesos contra todo derecho y tarifa, de modo que o por el odio
            no intentaron la defenza o absorto del atrevimiento de Tupa Amaro.— El in-
            feliz Arriaga en repetidos exortos e informes que se hallan en los autos asegu-
            ra que jamas hubo levantamiento en Yauri: Que esta vez se fraguo por los
            eclesiasticos y concluie con que los yndios estaban mui tranquilos sosegados y
            obedientes cuias expresiones se oponen diametralmente al concepto de que
            aquel movimiento fuese origen de la general alteracion que se ha tomado
            como especioso motivo para ofendernos siendo notable que mas de seis meses
            y no dos como se supone estubiesen estos yndios con mucha flema, haciendo
            colera, o inflamandose, para el rompimiento, en cuio concepto descubro ma-
            licia para alucinar y se demuestra por que el desacato de los de Yauri fue en los
            días de trece y veinte y siete de abril de setecientos ochenta y el arresto de
            Arriaga por Tupa Amaro el quatro de noviembre del mismo: con que se com-
            bence que precedieron seis meses y no dos de un suceso a otro, y la ligeresa
            con que se ha procedido en materia de tanta gravedad.— Tampoco se puede
            atribuir a la excomunion de Arriaga ¿Qué conexion tiene con esta la muerte
            que le dio Tupa Amaro, y los exesos que siguieron? No hallo telecsopio que
            alcance a descubrirla por parte alguna.— Se hace reparable que en el espacio
            de mas de dos años que ha corrido el articulo de fuerza en la causa de excomu-
            nion sin resolverse se determine enbiar los autos al Rey quando las audiencias
            tienen autoridad para ello pero se ha tomado este efugio para desacreditar
            procedimientos arreglados que no han tenido otro objeto que el mayor servi-
            cio del Rey y del Estado como lo tengo acreditado en todos tiempos y princi-
            palmente desde mi ingreso a este obispado y mui señaladamente desde los
            primeros pasos de la rebelion hasta la pacificacion general del reyno de que es
            vuesa señoría buen testigo.— En conclusion ha venido un tiempo mui a satis-
            faccion del deseo de los emulos y maldicientes que no pudiendo su saña ven-
            gar sus pasiones han tomado por despique querer complicar en la rebelion, o
            hacer ocasion de ella a todos aquellos que intentan arruinar por fines particu-
            lares.— Y para no experimentar tan fatales resultas en que suele confundirse
            la inocencia llevo suplicado a vuesa señoría informe en justicia a nuestro



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