Page 431 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            rregidor, en vista de habérsele conmovido dos pueblos de ella y debo también
            en la precisión de auxiliar sus provincias con las respectivas armas de la Igle-
            sia, para sostener en ella la autoridad del Rey, a cuyo fin acordó se incurriese
            a la justificación e infatigable celo dé vuestra señoría Ilustrísima, pidiéndole
            cartas para los curas de aquella provincia y declaración de censuras contra los
            rebeldes, en que vuestra señoría Ilustrísima les encargase derramen sobre sus
            feligreses el espíritu de amor y fidelidad a Dios y al Rey y el desengaño de los
            errores a que los ha seducido el Rebelde. En cuyo supuesto ruego a vuestra
            señoría Ilustrísima en nombre de la Junta, se sirva remitirme uno y otros do-
            cumentos para remitirlo en el instante que lleguen a mis manos y besándolas
            a vuestra señoría Ilustrísima, con el más reverente afecto ruego al Señor le
            llene de días y felicidades. Cuartel General del Cuzco y diciembre, veintitres
            de mil setecientos ochenta.— Besa la mano de vuestra señoría ilustrísima su
            más atento servidor.— Juan Manuel Campero.— Ilustrísimo señor don Juan
            Manuel Moscoso.

                    (Al margen: Carta de Su Ilustrísima a la Junta).
                    Por mano de don Gabriel Ugarte, recibí carta del corregidor de Aima-
            raes don José Alvaro Cavero, quien representándome no tener sujeto de su
            satisfacción para dejar substituido el gobierno civil y político de aquel distrito,
            me significa será conveniente al servicio del Rey el encargar dicho empleo al
            cura de Chuquinga, doctor don Salvador Tirado y que efectivamente tiene
            subrogado a este eclesiástico para el efecto, a cuyo fin solicita mi licencia, que
            no dudé librar, acompañando de oficio a dicho cura los cedulones de excomu-
            nión, correspondientes a los dieciseis pueblos, para que respectivamente los
            haga fijar en los lugares acostumbrados, como parece del adjunto testimonio
            que remito para que vuestra señoría se instruya. Como también las declara-
            ciones necesarias para las provincias de Calca y Urubamba, deseando que ten-
            gan feliz suceso a favor de la paz y tranquilidad del reino, estas van dirigidas al
            doctor don Antonio Valdez, cura del pueblo de Coasa; que al presente se halla
            en el de Urubamba, para que las distribuya a todos los curas de dichas pro-
            vincias con las cartas particulares, que igualmente les acompañan.— Nuestro
            Señor guarde a Vuestra señoría muchos años. Cuzco y diciembre veintitres de
            mil setecientos ochenta.— Juan Manuel, Obispo del Cuzco.— Señores de la
            Real Junta de Guerra.





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