Page 248 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
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            se ha sacado mas fruto que el de la incorregibilidad y total abandono de las
            órdenes escusados los que intervienen en la recaudación del real ramo con la
            inhibición que gozan de las justicias ordinarias, de suerte que consta por no-
            toriedad, que los excesos se hacen irreprensibles, por que la misma inhibitoria
            da margen a que se incremente la insolencia y que aunque las justicias reales
            propendan por medios oportunos el desagravio y la vindicación de los ofen-
            didos, no lo puedan remediar como quisieran en el todo. Igualmente son
            constantes generalmente y no se le ocultan a Vuestra Señoría nuestros inaudi-
            tos padecimientos y los de nuestros parientes en las provincias en orden a re-
            partimientos de corregidores, sobre que en años pasados hizo representación
            al Superior Gobierno de estos reynos con diligencias que en bastante forma
            calificaban específicamente los casos más atroces que causarían horror a las
            naciones que carecen de la religión cristiana sucedidos en varias provincias de
            el distrito de esta Real Caja, pues abusando de el fin con que se concedieron
            los repartimientos o permiso de comerciar a los corregidores con sus provin-
            cianos, que no fue otro que el de concebir la benignidad de nuestro Monarca
            resultaría este permiso en nuestro alivio, teniendo quien nos diese los efectos
            que nos fuesen útiles fiados y sin engaños para que con más comodidad pu-
            diesen trabajar y vestirnos: Por adquirir excesivos caudales, sin guardar orden
            en los efectos y precios asignados en las tarifas y privando de la libertad que
            debe haber en todo comercio, entre quien compra y vende violentamente y
            con expresa coacción, nos han repartido y reparten los efectos asi en su cali-
            dad, como en la cantidad que conciben podrán cobrar aunque en la realidad
            no tengamos necesidad de ellos, regulando el valor de los frutos que cogimos,
            el de los cortos ganados que tenemos y a lo que pueda ser de nuestro trabajo
            personal: de manera que ha llegado a tanto la opresión y tiranía, que se hallan
            los indios provincianos, constituídos en tal miseria, que lo general del alimen-
            to se reduce a hierbas y raices silvestres y las parcialidades se han minorado en
            mucha parte, porque ya sin ganado, ni modo alguno de subsistir y poder pagar
            los reales tributos por libertarse de otras injurias, como son prisiones y obra-
            jes, muchos de ellos están prófugos, vagantes y no pocos, que es lo mas lamen-
            table retirados a los andes habitando entre infieles.— No es menor la injuria
            que se nos infiere con la transgresión, que es notoria de las leyes, ordenanzas
            y Real Cédula, dada en Buen Retiro a veinte y cuatro de marzo del año pasado
            de mil setecientos cincuenta y cuatro, pues estando mandado en esta, que en
            conformidad a lo resuelto por las Leyes trece, Título trece, Libro primero por



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