Page 678 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
P. 678

Volumen  1
                                                              Oficio de visita de Jorge de Escobedo
            tesorería las generales que la aduana debia presentar, pues de lo contrario, ni
            de uno ni de otro modo se conseguiría que las produjesen.
                    Así lo dispuse en cuanto á las administraciones foráneas de esta capi-
            tal, que mandé se pasasen ordenadas como cuentas de tesorería, debiéndose
            sólo ordenar y comprobar en plena forma las respectivas á la casa Aduana de
            Lima, en la que no habia pretexto de excusar la justificacion plena que debia
            prestar aquella oficina, y así en este punto observé literalmente la prevencion
            del art. 15 de las Instrucciones de visita, y como en las receptorías foráneas era
            de todo punto inasequible, mandé que se cobrasen los alcances confesados, y
            que tirado el cargo y legítimamente distribuido, se exigiesen los alcances que
            de este cotejo resultasen.
                    Por este medio están ya en el tribunal las cuentas atrasadas de Aduana,
            glosándose y feneciéndose, y exigiéndose los alcances oportunamente, sin que
            en este negocio me haya quedado que proveer, habiéndolo hecho de cuanto lo
            han permitido las circunstancias, aunque no de cuanto hubiera querido ven-
            cer mi celo, porque conocí que se perderia en vano y sin fruto el tiempo, como
            ya lo dije á V. E. en informe núm. 296, que ha merecido la Real aprobacion, y
            actualmente voy ya á dar la última mano á este negocio de cuentas atrasadas
            de alcabalas para dejarlas de una vez vencidas y corrientes, y no gastar el dia
            y dinero inútilmente en imposibles infructuosos y oficinas superfluas, como
            el mismo jefe de la contaduría de alcabalas, D. Nicolas Sanchez Sirgado, me
            ha representado con el celo, inteligencia y pureza que acostumbra, áun siendo
            contra la subsistencia de su propio empleo, en que tanto ha trabajado.
                    Conclúyese que el art. 214 de la Instruccion de intendentes haya prepa-
            rado por la visita cuanto necesita para su cumplimiento.- Las demas oficinas
            que deben rendir sus cuentas en este tribunal, nos han sido disimuladas en
            algun retardo cuando han dado lugar á que se les note, y así, por lo respectivo
            al ramo de Cruzada, del de tributos, media annata y lanzas, he cuidado de
            expedir mis decretos y órdenes, para que cumplan con la importante presen-
            tacion de cuentas de la contaduría de tributos, que no tenía prescrita forma
            para hacerlo, se la he señalado en la instruccion que le he formado, cuya in-
            dicacion repito aquí por ser su propio lugar, aunque de esta oficina volveré á
            tratar cuando explique lo que he providenciado para arreglo del ramo de su
            atencion, y últimamente, para dejar cerrada la relacion de lo que he providen-
            ciado para asegurar el cumplimiento de la presentacion oportuna de cuantas
            cuentas deben ir al tribunal, concluiré diciendo que áun la tesorería del tabaco,



                                               677
   673   674   675   676   677   678   679   680   681   682   683