Page 673 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
partes todas de su ereccion, no encontré lo actuado en este punto, y reconocí
en descubierto aquel manejo, esto es, sin fianzas del administrador y sin que
el método ni las ordenaciones de cuentas se venciesen como correspondia;
pero no deseando yo proceder á destruir oficinas, sino á su arreglo bajo de un
asegurado conocimiento de su instituto, labores y progresos, traté en formal
expediente con el Tribunal de Cuentas de poner en claro estas partes y las ven-
tajas que se pudiesen esperar de aquella forma de administracion.
En vista de esto, me urgieron las consideraciones que llevo dichas en
cuanto á la administración del Cuzco, y tiré mis ideas en el modo congruente
al plan de intendencias y sus ordenanzas, y como en aquel obispado debian
erigirse indispensablemente dos, una en Guamanga, capital del obispado,
otra en Guancavelica, con acomodada agregacion de partidos que sirviesen
de auxilio á las importantes atenciones de la mina de azogues del Cerro de
Santa Bárbara; tambien era preciso erigir oficinas de Hacienda en Guamanga
y Guancavelica, precaviendo el inconveniente de que la tesorería de aquella
capital no fuese un embarazo á la existencia de caudales que necesita la otra
villa.
Con todos estos respetos y miramientos erigí en Guamanga caja Real
con sus respectivos ministros, agregándole las provincias ó partidos de Guan-
ta, Vilcasguaman, Lucanas, Andaguaylas y Parinacochas, los cuales han de
rendir sus enteros en aquella tesorería, y señalé los ministros y subalternos
precisos para el buen servicio de aquella oficina, donde vinieron á trasladarse
todas las atenciones que en lo general de Real Hacienda eran propias de la an-
tigua caja de Guancavelica, y porque ni á ésta hiciesen falta los caudales para el
trabajo de su mina, ni en el método de suministrarlo la otra hubiese confusion
prescribí reglas y formé los reglamentos que remití á V. E. con el núm. 373,
y por experiencia he visto que sólo ha ocurrido una ú otra ligera duda, que
al instante se ha aclarado, y era indispensable por los cargos pendientes en
Guancavelica.
Establecimiento de la contaduría de azogues de Guancavelica.- En esta
villa habia cajas Reales, y desde luégo conocí mejor el erigir allí una contadu-
ría de azogues; como que ésta debe ser su principal y más extensa atencion, y
por lo mismo, la oficina de Hacienda de Guancavelica necesita seguir el mo-
delo de la que reconocemos en el Almaden y el de cumplir la Real órden de
20 de Mayo de 1776, dispuse que las cajas de Guancavelica se convirtiesen
en una contaduría que llevase la cuenta del azogue que se saca y pone en los
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