Page 75 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero
            y se pase la razon oportuna al Monte pio de Lima no hay razón para que per-
            civa la viudedad correspondiente al empleo de su segundo marido siendo vn
            exceso habersela acordado en contravención del reglamento y con daño de
            las demas viudas en quienes concurren los requisitos necesarios. Y avnque
            es lastimosa la situación de la referida Doña Josefa Sanchez Boquete y mui
            atendibles los méritos de su marido Don Jose de la Riba Aguero conceptúa el
            Consejo que es talla fuerza de las Reales resoluciones que rigen en la materia
            que solo V.M. puede dispensarlas tomando en consideración la desgraciada
            situación y distinguida clase de dicha interesada.
                    V.M. rresolvera lo que fuere mas de su Real agrado. Madrid 21 de Abril
            de 1818.
                                                               [Hay 6 rúbricas].


                    Al dorso:
                                   Madrid a 21 de Abril de 1818
                                                9.
                                El consejo de Yndias en sala segunda


                No vengo en         Cumpliendo con una Real orden de V.M. sobre la
                declarar a Doña  solicitud de Doña Josefa Sanchez Boquete viuda
                Josefa Sanchez      de Don Jose de la Riba Aguero Superintendente
                Boquete la          que fue de la Casa de Moneda de Lima a fin de
                pension del Mote  que se mande cancelarla fianza que la exigio la
                Pio que             junta del Monte pio por la viudedad que le co-
                solicita como       rresponde en razón de no haber presentado la
                viuda de Don Jose  Real licencia que debió obtener su marido para
                de la Riba Agüero  casarse expone su dictamen conforme con los de
                y asi lo he         la contaduría y el Fiscal en el Ynforme y respues-
                mandado.            ta adjuntos reducido a que siendo tal la fuerza
                Consejo de 14 de    de las Reales resoluciones que rigen en la ma-
                Mayo de             teria solo V.M. puede dispensarlas tomando en
                1818.               su Real consideración la desgraciada situación y
                Publicada (signo) . distinguida clase de la referida Doña Josefa Bo-
                Fecho.              quete, [signo].
                                                  Don Silbestre Collar.






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