Page 179 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José de la Riva Agüero
articulo 2° de dicha circular que se exceptuase de ser
susbastados los fondos, haciendas y demas acciones no
amortizadas por los propietarios, aquellas que hubie-
sen sido pedidas por otros individuos, en cuyo caso
deberá darse un activo jiro á las solicitudes de estos
para la resolución que corresponda, acompaña tres
expedientes substanciados ya, y son los siguientes.
1° El que promovió en 26 de enero de 1846
para que á Cuenta de sus creditos contra el Estado se
le adjudicase veinte mil quarenta pesos y los intereses
vencidos que adeuda á la Caja de Censos la textamen-
teria de don Joaquín Azcona; y quarenta mil ochocien-
tos nueve pesos y los correspondientes réditos venci-
dos que adeuda á la misma Caja de Censos el antiguo
Conde Monteblanco.
2° El promovido en 26 de Abril de 1847, para
que se le adjudicase la Hacienda alta y baja de Lurin-
chinchay sus dependencias en pago de sus creditos
contra el Estado.
3° El promovido en veintinueve de Noviembre
de 1844 sobre el Convento supreso de Santo Tomas
consiguiente á hallarse ya substanciados estos expe-
dientes á las leyes del caso, y al tenor del articulo 2°
de la circular referida de 2 del presente mes, espera de
la Justificación de Vuestra Excelencia que se servirá
acceder á su solicitud. Portanto:
A Vuestra Excelencia pide y suplica se digne
ordenar que le sean adjudicados esos bienes en pago
de igual cantidad de lo que debe el Estado.
Lima 22 de Marzo de 1848.
Excelentísimo Señor
Joseph de la Riva Agüero
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