Page 843 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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El Contralor General es designado por el Con-  Artículo 87º. El Estado fomenta y garantiza el
                  greso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete  ahorro. La ley establece las obligaciones y los lí-
                  años. Puede ser removido por el Congreso por  mites de las empresas que reciben ahorros del
                  falta grave.                                público, así como el modo y los alcances de dicha
                                                              garantía.
                                CAPÍTULO V
                                                              La Superintendencia de Banca y Seguros ejerce
                        DE LA MONEDA Y LA BANCA               el control de las empresas bancarias y de segu-
                                                              ros, de las demás que reciben depósitos del pú-
                  Artículo 83º. La ley determina el sistema mo-  blico y de aquellas otras que, por realizar opera-
                  netario de la República. La emisión de billetes y  ciones conexas o similares, determine la ley.
                  monedas es facultad exclusiva del Estado. La ejer-
                  ce por intermedio del Banco Central de Reserva  La ley establece la organización y la autonomía
                  del Perú.                                   funcional de la Superintendencia de Banca y Se-
                                                              guros.
                  Artículo 84º. El Banco Central es persona jurí-
                  dica de derecho público. Tiene autonomía den-  El Poder Ejecutivo designa al Superintendente de
                  tro del marco de su Ley Orgánica.           Banca y Seguros por el plazo correspondiente a
                                                              su período constitucional. El Congreso lo ratifica.
                  La finalidad del Banco Central es preservar la
                  estabilidad monetaria. Sus funciones son: regu-           CAPÍTULO VI
                  lar la moneda y el crédito del sistema financiero,
                  administrar las reservas internacionales a su  DEL RÉGIMEN AGRARIO Y DE LAS
                  cargo, y las demás funciones que señala su ley   COMUNIDADES CAMPESINAS
                  orgánica.                                                  Y NATIVAS
                  El Banco informa al país, exacta y periódicamen-  Artículo 88º. El Estado apoya preferentemente
                  te, sobre el estado de las finanzas nacionales, bajo  el desarrollo agrario. Garantiza el derecho de
                  responsabilidad de su Directorio.           propiedad sobre la tierra, en forma privada o co-
                                                              munal o en cualquiera otra forma asociativa. La
                  El Banco está prohibido de conceder financia-  ley puede fijar los límites y la extensión de la
                  miento al erario, salvo la compra, en el mercado  tierra según las peculiaridades de cada zona.
                  secundario, de valores emitidos por el Tesoro
                  Público, dentro del límite que señala su Ley Or-  Las tierras abandonadas, según previsión legal,
                  gánica.                                     pasan al dominio del Estado para su adjudica-
                                                              ción en venta.
                  Artículo 85º. El Banco puede efectuar opera-
                  ciones y celebrar convenios de crédito para cu-  Artículo 89º. Las Comunidades Campesinas y
                  brir desequilibrios transitorios en la posición de  las Nativas tienen existencia legal y son perso-
                  las reservas internacionales.               nas jurídicas.

                  Requiere autorización por ley cuando el monto  Son autónomas en su organización, en el trabajo
                  de tales operaciones o convenios supera el límite  comunal y en el uso y la libre disposición de sus
                  señalado por el Presupuesto del Sector Público,  tierras, así como en lo económico y administrativo,
                  con cargo de dar cuenta al Congreso.        dentro del marco que la ley establece. La propie-
                                                              dad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el
                  Artículo 86º. El Banco es gobernado por un Di-  caso de abandono previsto en el artículo anterior.
                  rectorio de siete miembros. El Poder Ejecutivo
                  designa a cuatro, entre ellos al Presidente.  El Estado respeta la identidad cultural de las
                                                              Comunidades Campesinas y Nativas.
                  El Congreso ratifica a éste y elige a los tres res-
                  tantes, con la mayoría absoluta del número legal           TÍTULO IV
                  de sus miembros.
                                                                 DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO
                  Todos los directores del Banco son nombrados
                  por el período constitucional que corresponde al          CAPÍTULO I
                  Presidente de la República. No representan a
                  entidad ni interés particular algunos. El Congreso   PODER LEGISLATIVO
                  puede removerlos por falta grave. En caso de re-
                  moción, los nuevos directores completan el co-  Artículo 90º. El Poder Legislativo reside en el
                  rrespondiente período constitucional.       Congreso, el cual consta de Cámara Única.



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