Page 625 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Por otra parte, la decimosétima disposición tran-  la palabra al señor Enrique Chirinos, por haber
                  sitoria, como bien se ha señalado, la hemos que-  sido aludido.
                  rido concordar con las disposiciones finales y tran-
                  sitorias tercera y cuarta —ya aprobadas—, que  El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-
                  establecen, en primer lugar, la alternancia de las  sidente: La señorita Chávez Cossío cita nuestros
                  elecciones municipales con las elecciones gene-  precedentes constitucionales, pero no dice cuá-
                  rales y el hecho de que se haya precisado que el  les. En la Constitución de 1979 eludimos este pro-
                  mandato actual de los alcaldes termina, como ha  blema que es, jurídicamente, muy delicado. ¿De-
                  sido previsto, el 31 de diciembre de 1995.  rogamos? ¿Sustituimos? ¿Qué hacemos? Mejor
                                                              no decimos nada, porque si entra en vigencia la
                  Éste es un modo por el cual se va llegando pro-  nueva Constitución, deja de tener vigencia la an-
                  gresivamente a esa alternancia sin afectar el man-  terior.
                  dato constitucional actual, es decir, sin prorro-
                  gar un mandato ni acortar el siguiente. Por lo  La congresista Chávez dice que éstos son nues-
                  tanto, hemos considerado que es una fórmula  tros precedentes. A través de la Presidencia, ¿en
                  progresiva para llegar a esa alternancia.   cuál Constitución, señorita Chávez? ¿En la de
                                                              1860, en la de 1920, en la de 1828, en la de 1834,
                  Por último, en lo que se refiere a la decimoctava  en la de 1856? No en la de 1979. No derogamos,
                  disposición transitoria, consideramos que es ne-  sustituimos otra ley. Una Constitución sustitu-
                  cesario establecer —aun cuando no lo dijo la  ye a otra Constitución.
                  Constitución de 1979— que, al entrar en vigen-
                  cia esta Constitución, evidentemente, queda de-  Me pide una interrupción la señorita Chávez.
                  rogada la anterior.
                                                              El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-
                  Ahora bien, hemos utilizado el término "deroga-  pir, señorita Chávez Cossío.
                  ción" porque así es común en nuestro léxico jurí-
                  dico. La doctrina reconoce que hay una diferen-  La señorita CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).—
                  cia entre el término "derogar" y "abrogar", corres-  No sé si el doctor Chirinos me está concediendo
                  pondiendo propiamente aquí, en sentido estric-  la interrupción. No vaya a ser que diga mañana
                  to, el concepto de "abrogación", por cuanto signi-  que lo interrumpí.
                  fica dejar sin efecto una norma.
                                                              El señor PRESIDENTE.— Señorita Chávez,
                  Sin embargo, estamos utilizando el termino "de-
                  rogada" porque tenemos en cuenta los anteceden-  el que concede la interrupción es el Presidente
                                                              del Congreso.
                  tes de nuestra legislación y porque al aprobar
                  artículos como el que se refiere a la función le-  El señor CHIRINOS SOTO (R).— ¿Me acusa
                  gislativa —por ejemplo, el artículo 120º— hemos
                  optado por el término "derogación", al expresar  usted de falta de caballerosidad?
                  que una ley se deroga sólo por otra ley.
                                                              La señorita CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).—
                  Ahora, en cuanto al término "sustituir", si bien  No, usted me dijo temprano que yo lo había inte-
                  entendemos perfectamente la propuesta del doc-  rrumpido y...
                  tor Chirinos Soto, no es uno que sea utilizado
                  comúnmente en nuestro léxico jurídico, porque  El señor CHIRINOS SOTO (R).— ¿Pero me
                  utilizamos más bien la palabra "modificación" o,  acusa usted de falta de caballerosidad?
                  en todo caso, "derogación".
                                                              La señorita CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).—
                  Por lo tanto, consideramos que se entiende lo que  No. Pero, aunque así fuera,  eso no tendría nada
                  se quiere decir y que debe quedar con el concep-  que ver. Yo creo que usted no se sentiría aludido.
                  to de "derogada" en esta decimoctava disposición
                  transitoria.                                El señor PRESIDENTE.— Le ruego al señor
                                                              Chirinos que, por favor, si va a haber diálogo,
                  Estimamos que con estas disposiciones transito-  que éste sea a través de la Presidencia.
                  rias se completa el modo en que se deben engra-
                  nar secuencialmente la Constitución de 1979 con  El señor CHIRINOS SOTO (R).— La señori-
                  la Constitución que estamos aprobando.      ta Chávez lo ha provocado, porque dice que quie-
                                                              re evitar que mañana yo le diga una mentira.
                  Gracias.                                    ¿Alguna vez le he dicho una mentira, señorita
                                                              Chávez? Yo, de mentiras, sólo digo mentiras de
                  El señor PRESIDENTE.— Vamos a conceder      amor.



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