Page 468 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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tivos, a las universidades, sino también a cual-  materia de debate en este momento, según lo que
                  quier tipo de institución educativa, con lo cual  se había acordado el día de ayer, diciendo que lo
                  estarían incorporando allí a las academias, insti-  que se reconsideraba era el artículo. Por lo tan-
                  tutos tecnológicos.                         to, la fórmula del señor Cáceres Velásquez sería
                                                              una manera de abrir el debate para luego termi-
                  Nosotros hemos expresado nuestra oposición, en  nar aprobando la propuesta de Nueva Mayoría-
                  el debate general, a la reconsideración que plan-  Cambio 90.
                  teara Nueva Mayoría-Cambio 90 para el artículo
                  20º, en donde se creó esta figura de la "inmunidad  Señor Presidente, me pide una interrupción el
                  tributaria", haciéndola extensiva a todo centro edu-  señor Cáceres Velásquez y el señor Sambuceti.
                  cacional. Inmunidad tributaria que pretendían que  Se las concedo, con su venia.
                  alcance a todo impuesto directo o indirecto que
                  afecte los bienes, actividades y servicios públicos  El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-
                  de su finalidad educativa y cultural.       pir el señor Cáceres Velásquez.
                  Además, señor Presidente, aquí se estaba admi-  El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
                  tiendo que este beneficio no solamente se iba a  (FNTC).— Con su venia, señor Presidente.
                  dar a quienes incursionaban en la labor educati-
                  va con un fin de servicio, sino también a aquellos  Yo he procurado utilizar un lenguaje usual para
                  que tomaban la labor educativa como un negocio  referirme a esta clase de disposiciones, y no
                  materia de lucro; y que, por lo tanto, como cual-  incursionar usando un término que se presta a
                  quier negocio, tenían que tributar, igual que tri-  muchas confusiones y que podría ser motivo de
                  butan todos los peruanos de manera irrevocable.  abuso. Como ya lo destacó oportunamente el se-
                  Por tanto, no se puede evadir los impuestos indi-  ñor Flores-Araoz, hablar de inmunidad tributaria
                  rectos, que es la manera en que tributan millo-  es muy general, ya que es un concepto demasia-
                  nes de peruanos; incluso se ha llegado al despro-  do amplio y puede dar lugar a derivaciones que
                  pósito de querer imponer estos impuestos a los  en este momento, incluso, no podemos prever.
                  alimentos.
                                                              Es preferible utilizar una redacción más modes-
                  Por lo tanto, señor Presidente, nosotros expre-  ta, que es la que siempre se ha usado para esta
                  samos nuestro desacuerdo con esta iniciativa. Y  clase de términos, como es aquella que yo he con-
                  lo decimos porque ahora se pretende sostener —y  signado.
                  eso no dice el texto de la reconsideración pro-
                  puesta— que de lo que se trata aquí es de favore-  Gracias, señor Olivera.
                  cer a los estudiantes para que no paguen, por
                  ejemplo, el IGV sobre las pensiones que les co-  El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-
                  bran los institutos tecnológicos.
                                                              pir el señor Sambuceti Pedraglio.
                  La primera pregunta es, entonces: ¿es que aca-
                  so, hasta la fecha, están pagando los institutos  El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).—
                  tecnológicos ese IGV? ¿Es que acaso esos insti-  Señor Presidente: La idea es que la exoneración
                  tutos tecnológicos, esas academias, están obliga-  tributaria debe ser aplicada al servicio educati-
                  dos a pagar en este momento? Y, si están obliga-  vo, es decir, que no se cargue el dieciocho por
                  dos, ¿han pagado? Se trata de institutos tecnoló-  ciento del IGV a la hora que el alumno o su pa-
                  gicos y academias que han sido grandes negocios  dre del alumno tiene que pagar la mensualidad.
                  para determinados personajes que todos conoce-
                  mos y que aquí los hemos citado con nombre pro-  Una cosa es el servicio educativo y otra cosa son
                  pio en su debida oportunidad. Hemos señalado,  los bienes que puede adquirir un centro educati-
                  inclusive, que bien podría pensarse que habría  vo; porque yo me estoy imaginando, por ejem-
                  existido un gran lobby muy influyente para que  plo, en la importación de carros o de bienes exo-
                  se pretenda extender la exoneración tributaria  nerados de todo impuesto para que lo use el due-
                  existente para quienes gestan universidades y  ño del instituto o, inclusive, que posteriormente
                  centros educativos, sin fines de lucro, a las aca-  los puedan vender sin ningún tipo de carga
                  demias y a estos centros tecnológicos.      tributaria.

                  ¿Qué es lo que se pretende con esta figura de la  Es exoneración al servicio educativo. Así debería
                  inmunidad tributaria? ¿Convalidar situaciones de  figurar expresamente en el texto constitucional.
                  evasión tributaria sucedidas en el pasado? Es la
                  figura alternativa que había propuesto Nueva  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,
                  Mayoría-Cambio 90, y entiendo que estaría en  señor Olivera Vega.



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