Page 903 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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das las peticiones que ayer se han hecho públi- ten de acuerdo con las leyes específicas y con las
cas a nivel nacional. limitaciones que las leyes también señalan, pues
de ese modo queda precisado si la opinión es obli-
No es justo que quienes han dado parte de su gatoria o no para el que debe tomar la decisión
cuerpo reciban una mala atención. Con ellos nos después.
hemos reunido el día viernes en la Comisión de
Defensa, y, por supuesto, sabemos que todo está Por estas razones, considero que el término "de-
sujeto a las posibilidades económicas; pero sé que liberante" no debe de ser eliminado ni sustituido
aquí todos compartimos este reclamo que hace- en el texto del anteproyecto.
mos público desde el Congreso para que los sec-
tores del Interior y de Defensa atiendan los re- Es más, revisando simplemente una Constitu-
querimientos de estos miembros de la Policía ción, la ecuatoriana, se lee que establece lo mis-
Nacional que en forma pacífica han venido al Con- mo en el sentido de que la Fuerza Pública lo
greso y que en forma pública han reclamado en que para nosotros son las Fuerzas Armadas no
un canal de televisión solamente sus derechos es deliberante. Por lo tanto, el término no es pe-
subrayo esto. Por eso, esta tarde se ha he- yorativo ni quiere tener esa intención, aun cuan-
cho justicia al reincorporarse el texto referente do algunos quisieran atribuírsela.
a los grados, honores, remuneraciones y pensio-
nes. En segundo lugar, cuando se habla de la ratifica-
ción por el Congreso, consideramos que es un
Quisiera mencionar también que ni las Fuerzas avance, para impedir la politización de las Fuer-
Armadas ni la Policía Nacional se escapan del zas Armadas, que los ascensos de los oficiales de
gran flagelo de la corrupción. En este punto hay alta graduación sean ratificados por el Presiden-
que tener mucho cuidado. El Congreso tiene la te de la República. Consideramos que es una
obligación moral y legal, ante el pueblo peruano, medida que favorece a las Fuerzas Armadas y a
de fiscalizar cualquier acto de corrupción; esta la Policía Nacional y que se compadece, además,
tarde nos corresponde hacer una mención espe- con el sentimiento actual de ellas. No debemos
cial por los casos que pudiera haber en las Fuer-
zas Armadas o en la Policía Nacional. Tenemos guiarnos por la opinión de aquellos que han sido
formados y que han pertenecido a estas fuerzas
la obligación de denunciar y atender los casos de
violación de derechos humanos, y haremos todo hace muchos años, ya que, evidentemente, res-
lo posible para que se respeten los derechos hu- ponden a costumbres y a una tradición que ellos
manos en nuestro país como lo quiere la mayo- han vivido, pero no reflejan la opinión de los mi-
ría de los peruanos, aun en circunstancias de lu- litares en actividad.
cha frontal contra el terrorismo.
De otro lado, se ha dicho que el Fuero Privativo
Presidente: Creo que el texto que se ha de modifi- Militar debe estar formado exclusivamente por
car lo tiene finalmente el Presidente de la Comi- letrados. Si bien consideramos que esto puede
sión de Constitución, quien, en su oportunidad, ser lo ideal y más aún para un abogado, en
estará dando la sugerencia para el texto final. el caso concreto del Fuero Privativo Militar no
es posible, por lo menos en estos momentos. ¿Por
Gracias, Presidente. qué? Por la sencilla razón de que, de acuerdo con
lo que establece el Código de Justicia Militar, los
El señor PRESIDENTE. Puede hacer uso tribunales militares, en segunda o en última ins-
de la palabra la doctora Martha Chávez. tancia, deben estar compuestos tanto por aboga-
dos como por militares que han estudiado en la
La señorita CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90). Escuela Militar y que no son abogados. Estas per-
Señor Presidente: Quisiera comentar sobre al- sonas legas en materia jurídica votan cuestiones
gunas de las observaciones que se han hecho a lo de hecho, mas no de derecho. En consecuencia,
largo del día con relación al capítulo propuesto. no es conveniente en estos momentos excluir a
militares de carrera de intervenir, votar y deci-
En primer lugar, en lo que se refiere a la delibe- dir sobre los casos que el Fuero Privativo Militar
rancia, ésta no significa pensamiento, sino deci- juzga.
sión. Por lo tanto, cuando se dice que las Fuer-
zas Armadas no son deliberantes, no se les quie- Por otra parte, convengo en que se deba contro-
re insultar a las personas que forman parte de lar los gastos de las Fuerzas Armadas y la Policía
ellas diciéndoles que no piensan, sino que sim- Nacional; pero, evidentemente, lo debe hacer una
plemente se les quiere señalar que no deciden. institución de carácter público. No se puede per-
mitir que haya intervención privada en el con-
Ahora bien, cuando se dice que las Fuerzas Ar- trol de los gastos de las Fuerzas Armadas y de la
madas emiten opinión, es cierto eso, pero la emi- Policía Nacional. Además, el control debe estar
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