Page 908 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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las remuneraciones y pensiones inherentes a la  el ejercicio de la Defensa Nacional se realizan a
                  jerarquía de oficiales de las Fuerzas Armadas y  través de un sistema cuya organización y cuyas
                  Policía Nacional son equivalentes.          funciones determina la ley. El Presidente de la
                                                              República dirige el Sistema de Defensa Nacio-
                  La ley establece las equivalencias correspondien-  nal.
                  tes al personal militar o policial de carrera que
                  no tiene grado o jerarquía de oficial.      Artículo 192º.— La ley determina los alcances
                                                              y procedimientos de la movilización para los efec-
                  En ambos casos los derechos indicados no pue-  tos de la defensa nacional.
                  den ser retirados a sus titulares sino por senten-
                  cia judicial."                              Artículo 193º.— Las Fuerzas Armadas están
                                                              constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra
                  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar. Los    y la Fuerza Aérea. Tienen como finalidad primor-
                  señores congresistas que aprueben el artículo  dial garantizar la independencia, la soberanía y
                  leído, se servirán manifestarlo poniéndose y per-  la integridad territorial de la República. Asumen
                  maneciendo de pie. (Votación). Los señores que  el control del orden interno de conformidad con
                  estén en contra. (Votación). El artículo 203º ha  el artículo 156º de la Constitución.
                  sido aprobado por unanimidad (65 votos a favor).
                                                              Artículo 194º.— La Policía Nacional tiene por
                  (Aplausos.)                                 finalidad fundamental garantizar, mantener y
                                                              restablecer el orden público. Debe prestar pro-
                  El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-          tección y ayuda a las personas y a la comunidad.
                  C90).— "Artículo 204º.— Sólo las Fuerzas Ar-  Garantiza el cumplimiento de las leyes y la segu-
                  madas y la Policía Nacional pueden poseer y usar  ridad de los patrimonios públicos y privados. Pre-
                  armas de guerra. Todas las que existen, se fabri-  viene, investiga y combate la delincuencia. Vigi-
                  quen o se introduzcan en el país pasan a ser pro-  la y controla las fronteras.
                  piedad del Estado sin proceso ni indemnización.
                                                              Artículo 195º.— El Presidente de la República
                  Se exceptúa la fabricación de armas de guerra  es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de
                  por la industria privada en los casos que la ley  la Policía Nacional.
                  señale.
                                                              Artículo 196º.— Las leyes y los reglamentos
                  La ley reglamenta la fabricación, el comercio, la  respectivos determinan la organización, las fun-
                  posesión y el uso, por los particulares, de armas  ciones, las especialidades, la preparación, el em-
                  que no son las de guerra."                  pleo y la disciplina de las Fuerzas Armadas y de
                                                              la Policía Nacional.
                  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar. Los
                  señores congresistas que aprueben el artículo  Artículo 197º.— Las Fuerzas Armadas organi-
                  leído, se servirán manifestarlo poniéndose y per-  zan sus reservas. Disponen de ellas según las ne-
                  maneciendo de pie. (Votación). Los señores que  cesidades de la Defensa Nacional y de acuerdo a
                  estén en contra. (Votación). Se aprueba el artícu-  ley.
                  lo 204 por 51 votos a favor y 13 en contra.
                                                              Artículo 198º.— Las Fuerzas Armadas y la Po-
                  —El texto de los artículos aprobados es el  licía Nacional no son deliberantes. Están subor-
                  siguiente:                                  dinadas al poder constitucional.

                                "Capítulo XII                 Artículo 199º.— La ley asigna los fondos desti-
                                                              nados a satisfacer los requerimientos logísticos
                  De la Seguridad y de la Defensa Nacional    de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
                                                              Tales fondos no pueden ser dedicados sino a los
                  Artículo 189º.— El Estado garantiza la seguri-  fines institucionales y bajo el control de la auto-
                  dad de la Nación mediante la Defensa Nacional.  ridad que la ley señale.
                  Artículo 190º.— La Defensa Nacional es per-  Artículo 200º.— Las Fuerzas Armadas y la Po-
                  manente e integral. Se desarrolla en los ámbitos  licía Nacional participan en el desarrollo econó-
                  interno y externo. Toda persona, natural o jurí-  mico y social del país y en la defensa civil de acuer-
                  dica, está obligada a participar en ella de confor-  do a ley.
                  midad con la ley.
                                                              Artículo 201º.— Los efectivos de las Fuerzas
                  Artículo 191º.— La dirección, la preparación y  Armadas y de la Policía Nacional son fijados



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