Page 870 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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zan en sus funciones a las autoridades políticas  Constitución. Pero la Constitución tiene que ga-
                  elegidas".                                  rantizar que se den condiciones mínimas para
                                                              esto porque, justamente, estamos discutiendo la
                  Esto, para nosotros, es central. Si revisamos la  Constitución en una coyuntura muy delicada para
                  legislación que se dio antes del 5 de abril —pues  estas instituciones.
                  varios de los decretos fueron puestos en vigencia
                  después y con correcciones hechas por el Congre-  Hay otro tema importante en el artículo 211º de
                  so—, hasta en la función de los alcaldes entraba  nuestra propuesta cuando se señala: "La ley asig-
                  el jefe militar en un momento de emergencia.  na fondos destinados a garantizar el equipa-
                                                              miento". También lo discutimos en la Comisión;
                  El pueblo no elige "por las puras" a sus autorida-  pero ha quedado, en el texto de mayoría, fuera
                  des; ellas no son reemplazables. Cualquier fun-  del control de gastos, que corresponde a la
                  cionario es reemplazable; pero una autoridad ele-  Contraloría.
                  gida por el pueblo no es reemplazable.
                                                              Yo no tengo ninguna duda de que los gastos de
                  En nuestra propuesta ya he señalado, en el artícu-  las Fuerzas Armadas tienen que ser manejados
                  lo con el número 210º, que las Fuerzas Armadas  en reserva. Tienen que ser manejados en reser-
                  y la Policía Nacional no son deliberantes y están  va porque yo puedo deducir, de allí, tanto la poten-
                  subordinadas al poder constitucional. A ello agre-  cialidad bélica como la intención de uso de esa
                  gamos: "expresado en los tres Poderes del Esta-  potencialidad en un momento determinado. Pero
                  do de acuerdo a sus competencias". Ya he expli-  el hecho de que tenga que hacerse en reserva no
                  cado las razones, y no vuelvo sobre ellas. Pero  significa que no se controle.
                  quiero añadir que a mi bancada le interesa espe-
                  cialmente que se evalúe esta calificación de "no  Estamos viviendo situaciones que, en mi opinión,
                  deliberantes" para ver si se puede decir lo mismo  este Parlamento no ha fiscalizado debidamente,
                  de otra manera.                             que se originan porque se trata el tema de las
                                                              Fuerzas Armadas como si fuera un coto de caza
                  Quisiera ver, en texto, la propuesta de Lourdes  reservado al Presidente de la República. Acá tie-
                  Flores para saber si de allí no se puede deducir  ne que entrar la Contraloría. Lo que puede esta-
                  que un militar o policía pueda deliberar sobre su  blecer la ley con toda claridad es que la Contra-
                  campo específico cuando recibe una orden, por-  loría fiscalice de una manera particular los gas-
                  que así sería imposible el efectivo mando que debe  tos, por ejemplo, con entidades especializadas que
                  tener el Presidente de la República.        controla en el Ministerio de Defensa y que pue-
                                                              den tener origen militar, porque también hay
                  Yo no tengo ninguna duda de que el Presidente  especialidades en intendencia; pero los gastos no
                  de la República debe tener mando político y mi-  pueden salir del ámbito de la Contraloría ya que
                  litar. Lo que ocurre es que el mando militar se  el órgano contralor tiene, por definición, que ser
                  hace a través de reglas de juego. Si hay leyes que  externo al ejecutor del gasto.
                  establecen cómo se pasa al retiro y cómo se as-
                  ciende, están para que se cumplan y tienen que  Quiero referirme, señor, a la justicia militar. En
                  ser suficientemente precisas. Hay que impedir  la propuesta, nosotros somos claros en dos cues-
                  el abuso, hay que impedir la argolla, hay que  tiones: la justicia militar, tal como lo dice la Cons-
                  impedir ese servilismo que muchas veces se ad-  titución de 1979, no es aplicable a los civiles; pero
                  quiere cuando se llega a la cúspide del poder, hay  hay algo más: las violaciones de derechos huma-
                  que respetar las carreras profesionales: hay de-  nos se juzgan en el fuero común, porque no pue-
                  masiados oficiales a los que, siendo brillantes, se  de considerarse que la violación de derechos hu-
                  les ha impedido llegar a los altos mandos.  manos es un delito de función.

                  Y la legislación está mal hecha, porque una cosa  Esto lo hemos puesto, expresamente, y responde
                  es que el Presidente pueda designar al Coman-  a una demanda no sólo de los afectados, sino de
                  dante General dentro de los principales genera-  muchos de los que han visto que desde hace tre-
                  les, y otra cosa es que mueva el tiempo de retiro.  ce años se consagró aquí la impunidad. ¿Acaso
                  Eso es visto en las Fuerzas Armadas como un  no se recuerda que todo lo que le han dado al
                  tapón, que, además, es objetivamente un tapón;  señor subteniente Hurtado es seis años de cár-
                  y es un tapón porque van pasando las promocio-  cel, después de que lo ascendieron a teniente y a
                  nes, pero hay alguien que impide el paso.   capitán, y que ese señor es el responsable de la
                                                              muerte de treinta y tantos campesinos?
                  Los mecanismos que existen en otros países no
                  llevan a esa rigidez del retiro, y eso creo que sí  ¿Cuál es nuestro respeto a la vida en el Perú?
                  tendrá que ser visto por la ley más que por la  Ahí hay un error, y justamente no queremos la



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