Page 153 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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Banca y Seguros por el plazo correspondiente a su  de naturaleza financiera, se puede aplicar la ley,
                  período constitucional. El Congreso lo ratifica."  obviamente, del país donde se pacta. De tal mane-
                                                              ra que nos sumamos a la propuesta; y yo pediría
                  La señorita Flores Nano observa la omisión  que, de una vez, la adición planteada por la docto-
                  de la disposición que exceptúa de la juris-  ra Lourdes Flores se ponga a votación.
                  dicción y de la ley nacional los contratos de
                  carácter financiero en el artículo 67º, apro-  El señor PRESIDENTE.— Señor Olivera Vega,
                  bado en sesión anterior; el señor Torres y  tiene la palabra.
                  Torres Lara se comprometió revisar el tex-
                           to del mencionado artículo         El señor OLIVERA VEGA (FIM).— Es para
                                                              expresar nuestro acuerdo con la propuesta que está
                  El señor PRESIDENTE.— La doctora Lourdes    haciendo Lourdes Flores; así ya se lo habíamos
                  Flores puede hacer uso de la palabra.       expresado. No ha sido nuestra intención, eviden-
                                                              temente, hacer una declaración constitucional aje-
                  La señorita FLORES NANO (PPC).— Señor       na a la realidad mundial, y, efectivamente, hay que
                  Presidente: Antes de que pasemos al capítulo del  hacer la rectificación; si es posible, hoy mismo.
                  régimen agrario, yo quisiera plantear una adi-
                  ción; si se le quiere dar el trámite de reconsidera-  El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias,
                  ción, creo que sería también pertinente.    señor Olivera. Entonces, le pido si puede leer us-
                                                              ted la adición para proceder a votar.
                  El día de ayer se ha aprobado el artículo 67º y,
                  ante una sugerencia acertada del doctor Moreyra  Tiene la palabra la señorita Lourdes Flores.
                  y del señor Olivera, se incorporó la denominada
                  "cláusula Calvo", es decir, la obligación de que en  La señorita FLORES NANO (PPC).— Luego
                  todo contrato del Estado con extranjeros conste  del párrafo que dice: "En todo contrato del Esta-
                  el sometimiento a las leyes y tribunales de la  do con extranjeros consta el sometimiento de éstos
                  República y su renuncia a toda reclamación di-  a las leyes y tribunales de la República y su re-
                  plomática. Y esa incorporación nos parece un  nuncia a toda reclamación diplomática"; sugiero
                  acierto; pero se ha omitido algo que estaba en la  la siguiente fórmula: "Pueden ser exceptuados de
                  Constitución de 1979, y que es muy importante,  la jurisdicción y ley nacional los contratos de ca-
                  es decir, la excepción a esa regla.         rácter financiero".

                  Por tanto, sugiero que, en adición a lo que se ha  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar la adi-
                  contemplado, y que es pertinente y correcto, se  ción.
                  mantenga la excepción que contenía la Constitu-
                  ción de 1979; vale decir, "pueden ser exceptuados  Puede hacer uso de la palabra, señor Olivera.
                  de la jurisdicción y la ley nacional los contratos
                  de carácter financiero". Es así que toda la deuda  El señor OLIVERA VEGA (FIM).— El texto
                  externa peruana está sometida a jurisdicción ex-  de la Constitución vigente es: "Pueden ser excep-
                  tranjera, porque así estaba autorizado constitu-  tuados de la jurisdicción nacional los contratos
                  cionalmente: a la ley extranjera; incluso mediante  de carácter financiero". Hay que tener cuidado, pues
                  el Decreto Legislativo Nº 5, que fue dictado en el  creo que, con ese agregado de "ley nacional", se
                  año 1981, en uso de las facultades dadas al go-  puede hacer extensivo lo que, soberanamente, un
                  bierno de Belaunde, se permitió el sometimiento  Congreso de la República puede establecer como
                  a la "Ley de Nueva York" para la gran mayoría de  medidas a ser tomadas en cuenta; por ejemplo,
                  contratos de endeudamiento.                 en defensa de recursos naturales, o en temas muy
                                                              amplios. Estamos hablando acá de un tema de
                  De forma tal, señor Presidente, que ha sido una  controversias, de jurisdicción y, por lo tanto, de
                  omisión involuntaria; el doctor Moreyra la había  jueces y de aplicación de leyes específicas.
                  planteado, y creo que es importante. Está en la
                  Constitución de 1979.                       Quisiera que se mantuviese la redacción tal cual
                                                              estaba en el artículo 136º, si lo tiene a bien la
                  El señor PRESIDENTE.— Doctor Torres y       doctora Lourdes Flores.
                  Torres Lara, tiene la palabra.
                                                              El señor PRESIDENTE.— Para una cuestión
                  El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-          de orden, tiene la palabra el doctor Torres y To-
                  C90).— Señor Presidente: En efecto, se omitió  rres Lara.
                  ese aspecto. He hecho la consulta con los miem-
                  bros de la Comisión presentes aquí y coincidimos  El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
                  en incorporar el texto exacto que está en la Cons-  C90).— Creo que los diversos grupos políticos
                  titución de 1979; vale decir que, en los contratos  somos coincidentes en facilitar una solución en



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