Page 867 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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te" subsume los conceptos de medio ambiente, El tratamiento especial a la Amazonía, defendi-
de ecología, recursos naturales y entorno. Pero, do por nuestra Comisión, ha sido acogido por el
además, el capítulo también se ocupa de asuntos doctor Carlos Torres y Torres Lara, Presidente
ambientales dentro de su articulado, y en forma de la Comisión de Constitución y de Reglamen-
especial de los recursos naturales ligados al de- to, escuchando los planteamientos de nuestros
sarrollo económico, con el fin de señalar clara- colegas representantes de la región amazónica,
mente que el capítulo contiene normas de carác- que no hacían sino transmitirnos el clamor de
ter ambiental y que además se refiere a los re- los pobladores de esa región.
cursos naturales desde el punto de vista del de-
sarrollo sostenible del país. Así, concluimos con el texto tal cual está en el
proyecto.
Señor Presidente, los artículos 67º y 68º del pro-
yecto, en lo fundamental, son muy similares; así, Señor Presidente, por acuerdo mayoritario de los
en el segundo párrafo del artículo 67º se señala miembros de nuestra Comisión, creemos nece-
que una ley orgánica fija las condiciones de la sario solicitar a la Comisión de Constitución y de
utilización de los recursos naturales. Disposición Reglamento incluir un artículo, retomando nues-
similar encontramos en el artículo 68º, donde se tros planteamientos iniciales, coincidentes con lo
señala que el Estado establece las condiciones para sugerido por muchas instituciones privadas y
el aprovechamiento de los recursos naturales. públicas, así como por los aportes de distingui-
dos especialistas extranjeros y nacionales vincu-
En consecuencia, recomendamos la fusión de lados a la problemática ambiental, respecto a la
ambos artículos en uno solo que diga: "Los re- necesidad que ellos señalan, de otorgar jerarquía
cursos naturales son patrimonio de la nación, el constitucional a la creación del Sistema Nacio-
Estado es soberano en su aprovechamiento. La nal del Ambiente y su órgano rector, los mismos
ley fija las condiciones de su utilización y su otor- que serían regulados por una ley.
gamiento a particulares. La concesión otorga a
su titular un derecho real, sujeto a las condicio- Somos de la opinión que su creación requiere de
nes de ley. Es deber del Estado promover el desa-
rrollo sostenible del país." regulación constitucional, a fin de dejar garanti-
zada la existencia del sistema y su órgano de eje-
Se ha utilizado únicamente la expresión "recur- cución, que hagan factible la preservación, con-
servación y mejoramiento del ambiente y un apro-
sos naturales", por cuanto está sobrentendido que
abarca tanto a los renovables como a los no reno- vechamiento racional de los recursos naturales.
vables. En este artículo, cuando hablamos de que
es deber del Estado promover el desarrollo sos- Es decir, buscamos la creación de un ente rector
tenible, nos estamos refiriendo al compromiso que y coordinador dentro del Sistema Nacional del
asume el Estado de buscar el desarrollo econó- Ambiente, el mismo que se ubicará a un nivel
mico y social del país, explotando racionalmente que no se identifique con ninguna gestión secto-
los recursos naturales, satisfaciendo las necesi- rial y reciba el máximo apoyo posible, a fin de
dades de las generaciones presentes, sin compro- que la gestión institucional sea de trascendencia
meter las necesidades de las generaciones futu- y beneficio para el país.
ras. Por tales razones, merece mención especial
en nuestra nueva Constitución. Será, pues, un ente de coordinación multisectorial,
participativo y descentralizado, que obligue a los
Con referencia al artículo 69º del proyecto en diferentes sectores a cumplir los grandes objeti-
debate, éste reconoce la gran importancia de vos nacionales en materia ambiental.
nuestra diversidad biológica; y siendo el nuestro
un país de gran diversidad, debemos darle jerar- En este sentido, el texto de nuestra propuesta
quía constitucional a la obligación del Estado de para este artículo sería: "El Sistema Nacional del
conservar la riqueza y la variedad genética que Ambiente y su ente rector se establecen por ley.
poseemos. De tal manera que el texto contenido Coordina, evalúa y promociona la gestión ambien-
en este artículo debe mantenerse tal cual fue tal del país".
aprobado por la Comisión de Constitución y de
Reglamento. Con referencia a nuestra propuesta inicial, so-
bre la participación de las zonas donde se encuen-
En cuanto a la redacción del artículo 70º de la tran los recursos naturales en explotación en un
última versión del proyecto constitucional, reco- porcentaje de las utilidades que generen, nues-
gemos la preocupación de amplios sectores por tra Comisión de Amazonía y Medio Ambiente
un tratamiento especial a este gran banco de felicita a la Comisión de Constitución y de Re-
megadiversidad que es la Amazonía, atendiendo glamento, y en forma muy especial a su Presiden-
así a la fragilidad de sus ecosistemas. te, el doctor Carlos Torres y Torres Lara, quien,
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