Page 398 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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ano d:nuest.en una der€hinada direc- na, Y nos Clsla 6b prcpúe*a porque
ción orieilsdá a ldjudicd m partid- * está dando ai Minist¿rio Público la
ier a un Masinrado. creemos que debh defensa del pueblo y d¿los adúinist&
sa !¡opu¿stós pd el ccnsejó Nacio¡al .los y eslo último es distlnto de 1a fu¡-
de la Magishatm y d€sicmdos por el ción judicill y justifica su jndepeñdon-
¡resid¿nte de la Re¡ública loi su¡!e$
to, er la fo]fu coúo heúos planreado, Por otrc lado, henos Énido sofe'
ero es, si¡ ¡i¡gn¡a int.Ne¡ciór de ros ¡iendo que, desg.aciadamEnte, Ia iCual:
pcde¡es politicos, Ejec{tivo ni Lcghla. dad no es el purto dE partid., sino qü3
!iro, y si con rep¡ese¡tación de lós jue es la me¡a, lo|que hay désniveles y
ccs, de los vocales superioa y de los desislaldades qn¿ 6 !.eciso suPc¡.r y
vocales sup¡:mos, adenás ds replesñ' elinLnrr poia los.¿r h Lsxal¡l¡d,que es
ta¡ts de la rederació¡ de Abosados del el ñ:ollo d: la junicia. feflsaúds que
P€ni, de las Facr¡lrades de Dérec¡o dE la ¡of dc¡cnde. d lueblo y a tos adninis
Re!ública y fi¡álñenlc, d: los Concejos ¡ados, esa instirución indepcndie¡ts
Mlnicilales y las Asdbleas Regiorá del Ministerio ?¡iblico !a a ser útn en la
les, que son las qü¿ má6 directaúenie se
e¡lazán con la ciudadmia,
E] consejo de la MacinraiuÉ es úa
Crecmos, s:ño¡, qüe e¡ €sa fo.ma el insitúción valiosa no sólo pda €legir ¿
Po¿ér Júdicial, p¿rdón, e¡ esle caso el los masistrádos (y debe haccrlo sir i¡
Minisb¡o Fiscal, cunpliria adcüáda- seoncia ni nosbEniento dc otros ó.-
mente sus tun io¡es, En un. páfe füal del Podd), sirc también para
sá¡os
de er3 carftulo, * estábleceiia qE ta aurelar los dercchos y ¡os rcclamos d:
ley deternina¡á las denis 2hibucio¡es, los liliga.tes, de los abocados, del pú
imoúpatibilidad6 y tuncio¡es qüe cc biico, rcstato de los ó¡sarcs judicia-
r.¿slondm a los i'¡eerantes del Mi¡is les. Eñpero s¿ r€quie.€ h def:ns¡ de
lcs adninishdos frúte a la adni¡is
lración. En los !aIs6 nórdicos *isie
El *ñor PRESIDENTE-D:bo laca una inslitución denoninada el onhus
!..sente que ¡o 61á e¡ debare el co¡- no, ¿ la cüal se r¿firió cn üms d:c]a-
sejo de ta Magisratura, que ya fue de Eciones ¿l doctor valle Ri€sira, qüe 6
baiido aye. 6 €l úpiiülo de ?oCcr Ju- tá desti¡a.l¿ precisrne¡te a defer¿er a
diciáI. ?mde ha@¡ !só de la palab¡a el Ios ldotnistrdos cb.tF el abNo de la
senorÉpr€s:nta¡te Rutz-Eldredse. admüistación. Alsuos españohs ho
.rerdo nalar dtecodentos en e¡ J6ri.ia
M¡yor de Aragón; yo m¿ pe¡milo agrc
ránbién cn el D:re.ho ln.¡
C¡cupó |fu de Ias S€cr€r¡rr4 'o
los Ulmados os ! ojdo! del
Inca' dentro de la sabia orsanización
sub€mat a r d€ ádministráción del I¡'
c&ato y de las civiliacio¡es anieric
.cs. Por $o pEnsaúos que la i¡stnuciór
:s bücna¡ qúc es rnreEsdre y qne !a a
P|eside¡re: Recorozco que :sa innitu
ción, del capit¡lo que se e*á ünim¡ @¡hibuir a la jusriciá y a la detens!
de los dereclos de las familias perua,
¿o, no eslá proyeciada por nosoircs, el
Psriido Socialhta Rcvolucio¡ario, en la
¡ona cono visne d: la Comisió¡ P.ic No qüdemos pEseniár su*itrtorios
.ipal; pero nos parea quc ¿slá ¡id, en esta oclsi¿n. Hay algu¡as oilicas que
co. indepe¡denci! det ?oder Jndicid ha h:cho el do.lo¡ Rós€r Cáo:¡es y algu-
como lo ha exllicado cxceldt:nenÉ el ¡as dc ell6 ¡od.im ¡@ee¡*. Tal !e¿
doctor V¿sa García lo¡e¡ré dc I¡ nis- túbién. deba aceprarse ¡a süg*tión .le