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El señor PRESIDENTE (Mario Mantilla Medina).— Continúe, congresista Castro.
El señor CASTRO BRAVO (FA).— Presidente, una vereda de por medio tenemos el
mercado, tenemos las galerías comerciales, etcétera, esa situación merece que el
Congreso de la República y también la Presidencia del Consejo de Ministros,
conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, tomen las medidas correspondientes en el
caso de Sullana, señor Presidente.
Muchas gracias. Y reclamándole, justamente, porque este tema del presupuesto de la
República necesita ser analizado con pinzas, señores, por el déficit que tenemos y las
consecuencias futuras que vamos a tener hacia adelante.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE (Mario Mantilla Medina).— Muchas gracias, congresista Castro.
Tiene el uso de la palabra el congresista Alcalá Mateo.
El señor ALCALÁ MATEO (FP).— Buenas tardes, señor Presidente.
Señores congresistas, igualmente a la presidenta del Consejo de Ministros y a los señores
ministros.
Para proponer una nueva Disposición Transitoria Final, que debe tener el siguiente texto:
"Exceptuase al Pliego 028 de lo dispuesto en el artículo 6° de la presente ley, a efecto de
implementar durante el año 2018 lo establecido en el Acuerdo 091 del año 2017-
2018/Mesa-Congreso de la República y, asimismo, concretar su fortalecimiento y
desarrollo institucional en el marco de la implementación de la Ley 30647, autorizando
para ello a dicho pliego a diseñar e implementar los lineamientos de compensación,
gestión de empleo y rendimiento, organización interna y programas de incentivos por
retiro voluntario, en tal forma de optimizar su política de gestión, de recursos humanos y
otras acciones afines, de acuerdo a su documento de gestión y demás disposiciones que
emita para tal fin.
Adicionalmente, precísese que se encuentra exonerado de los artículos 9° de la presente
ley y del artículo 2° del Decreto de Urgencia 038 del año 2006, los procedimientos,
alcances y montos para la aplicación de las políticas, programas y lineamientos, a que se
refiere el párrafo anterior, serán autorizados por acuerdo de Mesa Directiva y se financia
con cargo a su presupuesto institucional.
Esta disposición entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial
El Peruano".
Señor Presidente, igualmente, una nueva propuesta de otro artículo adicional, en virtud
del cual se propone el siguiente texto:
"Exceptuase al Pliego Consejo Nacional de la Magistratura durante el Ejercicio Fiscal del
año 2018 de los alcances de los artículos 6° y 9° de la Ley de Presupuesto del Sector
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