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1894 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii
de actividades en la zona del Valle de los Ríos ción y cantidad de participantes por cada evento.
Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) a cargo
del Ministerio de Cultura, así como para el fi Los viáticos que se otorguen en el marco de lo
nanciamiento de las intervenciones en bienes in establecido en la presente disposición se sujetan
muebles de propiedad privada declarados como a los montos aprobados para los viáticos por via
patrimonio cultural de la nación y/o que tengan jes a nivel nacional en comisiones de servicios
la categoría de condición cultural a las que se re mediante Decreto Supremo 0072013EF.
fiere la Cuadragésima Novena Disposición Com
plementaria Final de la Ley 30372. VIGÉSIMA SEGUNDA. Autorízase a las en
tidades del Gobierno Nacional, durante el Año
VIGÉSIMA. Autorízase a los gobiernos regio Fiscal 2017, la realización, de manera excepcio
nales, gobiernos locales y universidades pú nal, de transferencias financieras para cubrir
blicas, para utilizar hasta un 20% (veinte por los costos realizados por las entidades públicas
ciento) de los recursos provenientes del canon, con las cuales suscriban convenios de colabora
sobrecanon y regalía minera, así como de los sal ción interinstitucional, en el marco de lo esta
dos de balance generados por dichos conceptos, blecido en la Ley 27444, Ley del Procedimiento
para ser destinado a acciones de mantenimiento Administrativo General, para los procesos de
y saneamiento básico. Para tal efecto, las enti formación, capacitación y evaluación en mate
dades quedan exoneradas de lo dispuesto en el ria educativa, y de capacitación en competencias
literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la básicas y transversales para el empleo.
Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto. Las transferencias financieras autorizadas en el
párrafo precedente se aprueban mediante reso
Los gobiernos regionales o los gobiernos loca lución del titular del pliego, previo informe favo
les que tengan autorización legal expresa res rable de la oficina de presupuesto o la que haga
pecto al uso de los recursos provenientes del sus veces en la entidad del Gobierno Nacional
canon, sobrecanon y regalía minera, en por que transfiere los recursos. La resolución del ti
centaje mayor a lo establecido en el presente tular del pliego se publica en el diario oficial El
artículo, se rigen por lo establecido en dicha Peruano.
autorización.
La entidad del Gobierno Nacional es responsa
VIGÉSIMA PRIMERA. Autorízase a las en ble del monitoreo, seguimiento y cumplimiento
tidades del Gobierno Nacional, para que en el de los fines y metas para los cuales les fueron
marco de sus competencias compartidas con los entregados los recursos. Los recursos públicos,
gobiernos regionales y gobiernos locales, puedan bajo responsabilidad, deben ser destinados solo
pagar los viáticos y pasajes de los funcionarios y a los fines para los cuales se autorizó su transfe
servidores contratados bajo el régimen del De rencia conforme a la presente disposición.
creto Legislativo 276 y Decreto Legislativo 728,
el personal contratado bajo el régimen laboral VIGÉSIMA TERCERA. Para la emisión del
especial del Decreto Legislativo 1057, así como decreto supremo a que hace referencia el último
al personal que se encuentre bajo el régimen párrafo del artículo 52 de la Ley 30057, Ley del
de la Ley del Servicio Civil regulado por la Ley Servicio Civil, la entidad respectiva debe contar
30057, de los gobiernos regionales y/o gobiernos con el Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE
locales, con el fin de brindar apoyo técnico en aprobado. Para dicho efecto, las entidades que
la implementación de las políticas nacionales y dan exoneradas de lo establecido en los artículos
sectoriales y evaluar el cumplimiento de las fun 6 y 9 de la presente Ley y en lo establecido en las
ciones descentralizadas. prohibiciones contenidas en la Ley 28212, y sus
modificatorias.
Asimismo, autorízase al Ministerio de Educa
ción y a los gobiernos regionales, con cargo a su VIGÉSIMA CUARTA. Dispónese que en el
presupuesto institucional, a financiar el pago Presupuesto del Sector Público para el Año Fis
de pasajes y viáticos de los participantes en los cal 2017, en el pliego Ministerio de Educación, se
concursos, eventos y actividades de formación y ha incluido la suma de hasta S/ 600 000 000,00
capacitación que el Sector Educación organice y (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES),
ejecute, según corresponda, los mismos que debe con cargo a los recursos del “Fondo para el de
rán ser autorizados mediante resolución del Mi sarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del
nisterio de Educación que establezca los eventos año 2019 y los VI Juegos Parapanamericanos”,
a realizarse durante el 2017, así como la condi creado mediante el artículo 3 de la Ley 30458,
Diario de los Debates - 20 B sesión (matinaL) 28-11-2016
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