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1894   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii

                  de actividades en la zona del Valle de los Ríos   ción y cantidad de participantes por cada evento.
                  Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) a cargo
                  del  Ministerio  de  Cultura,  así  como  para  el  fi­  Los viáticos que se otorguen en el marco de lo
                  nanciamiento de las intervenciones en bienes in­  establecido en la presente disposición se sujetan
                  muebles de propiedad privada declarados como   a los montos aprobados para los viáticos por via­
                  patrimonio cultural de la nación y/o que tengan   jes a nivel nacional en comisiones de servicios
                  la categoría de condición cultural a las que se re­  mediante Decreto Supremo 007­2013­EF.
                  fiere la Cuadragésima Novena Disposición Com­
                  plementaria Final de la Ley 30372.          VIGÉSIMA SEGUNDA. Autorízase a las en­
                                                              tidades del Gobierno Nacional, durante el Año
                  VIGÉSIMA. Autorízase a los gobiernos regio­  Fiscal 2017, la realización, de manera excepcio­
                  nales,  gobiernos locales  y universidades  pú­  nal,  de  transferencias  financieras  para  cubrir
                  blicas, para utilizar  hasta un 20% (veinte  por   los costos realizados por las entidades públicas
                  ciento) de los recursos provenientes del canon,   con las cuales suscriban convenios de colabora­
                  sobrecanon y regalía minera, así como de los sal­  ción interinstitucional, en el marco de lo esta­
                  dos de balance generados por dichos conceptos,   blecido en la Ley 27444, Ley del Procedimiento
                  para ser destinado a acciones de mantenimiento   Administrativo  General,  para los procesos de
                  y saneamiento básico. Para tal efecto, las enti­  formación, capacitación y evaluación en mate­
                  dades quedan exoneradas de lo dispuesto en el   ria educativa, y de capacitación en competencias
                  literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la   básicas y transversales para el empleo.
                  Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de
                  Presupuesto.                                Las transferencias financieras autorizadas en el
                                                              párrafo precedente se aprueban mediante reso­
                  Los gobiernos regionales o los gobiernos loca­  lución del titular del pliego, previo informe favo­
                  les que tengan autorización legal expresa res­  rable de la oficina de presupuesto o la que haga
                  pecto al uso de los recursos provenientes del   sus veces en la entidad del Gobierno Nacional
                  canon, sobrecanon y regalía minera, en por­  que transfiere los recursos. La resolución del ti­
                  centaje mayor a lo establecido en el presente   tular del pliego se publica en el diario oficial El
                  artículo,  se  rigen por  lo  establecido  en  dicha   Peruano.
                  autorización.
                                                              La entidad del Gobierno Nacional es responsa­
                  VIGÉSIMA  PRIMERA.  Autorízase  a  las  en­  ble del monitoreo, seguimiento y cumplimiento
                  tidades del Gobierno Nacional, para que en el   de los fines y metas para los cuales les fueron
                  marco de sus competencias compartidas con los   entregados los recursos. Los recursos públicos,
                  gobiernos regionales y gobiernos locales, puedan   bajo responsabilidad, deben ser destinados solo
                  pagar los viáticos y pasajes de los funcionarios y   a los fines para los cuales se autorizó su transfe­
                  servidores contratados bajo el régimen del De­  rencia conforme a la presente disposición.
                  creto Legislativo 276 y Decreto Legislativo 728,
                  el personal contratado bajo el régimen laboral   VIGÉSIMA TERCERA. Para  la  emisión  del
                  especial del Decreto Legislativo 1057, así como   decreto supremo a que hace referencia el último
                  al personal  que se encuentre  bajo el régimen   párrafo del artículo 52 de la Ley 30057, Ley del
                  de la Ley del Servicio Civil regulado por la Ley   Servicio Civil, la entidad respectiva debe contar
                  30057, de los gobiernos regionales y/o gobiernos   con el Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE
                  locales, con el fin de brindar apoyo técnico en   aprobado. Para dicho efecto, las entidades que­
                  la implementación de las políticas nacionales y   dan exoneradas de lo establecido en los artículos
                  sectoriales y evaluar el cumplimiento de las fun­  6 y 9 de la presente Ley y en lo establecido en las
                  ciones descentralizadas.                    prohibiciones contenidas en la Ley 28212, y sus
                                                              modificatorias.
                  Asimismo, autorízase al Ministerio de Educa­
                  ción y a los gobiernos regionales, con cargo a su   VIGÉSIMA CUARTA.  Dispónese  que  en  el
                  presupuesto  institucional,  a  financiar  el  pago   Presupuesto del Sector Público para el Año Fis­
                  de pasajes y viáticos de los participantes en los   cal 2017, en el pliego Ministerio de Educación, se
                  concursos, eventos y actividades de formación y   ha incluido la suma de hasta S/ 600 000 000,00
                  capacitación que el Sector Educación organice y   (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES),
                  ejecute, según corresponda, los mismos que debe­  con cargo a los recursos del “Fondo para el de­
                  rán ser autorizados mediante resolución del Mi­  sarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del
                  nisterio de Educación que establezca los eventos   año 2019 y los VI Juegos Parapanamericanos”,
                  a realizarse durante el 2017, así como la condi­  creado mediante el artículo 3 de la Ley 30458,


                   Diario de los Debates - 20  B sesión (matinaL) 28-11-2016
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