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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates     1897
                  se autorizó su transferencia conforme a la pre­  Mediante decreto supremo refrendado por el mi­
                  sente disposición.                          nistro de Economía y Finanzas, el ministro de
                                                              Salud  y  el  ministro  de  Vivienda,  Construcción
                  La  aplicación  de  la  presente  disposición  se  fi­  y Saneamiento, a propuesta de este último, se
                  nancia con cargo al presupuesto institucional   aprueban  las  disposiciones  reglamentarias  o
                  del pliego SUNAT, sin demandar recursos adi­  complementarias para regular la gestión de los
                  cionales al Tesoro Público.                 recursos del Fondo creado mediante el presente
                                                              artículo, incluyendo  los procedimientos  y con­
                  TRIGÉSIMA SEGUNDA. Créase  el “Fondo        diciones para su uso y para la selección de los
                  para  el  financiamiento  de  proyectos  de  inver­  proyectos de inversión pública materia de finan­
                  sión pública en materia agua, saneamiento y sa­  ciamiento.
                  lud”, a cargo del Ministerio de Vivienda, Cons­
                  trucción y Saneamiento, para el financiamiento   TRIGÉSIMA TERCERA. Para fomentar el re­
                  de proyectos de inversión pública en materia de   gistro de la ejecución del gasto en el marco del
                  agua, saneamiento y salud, de las entidades del   Sistema de Administración Financiera del Sec­
                  Gobierno Nacional, los gobiernos regionales  y   tor Público, dispónese que, durante el Año Fis­
                  los gobiernos locales. Dicho Fondo se constitu­  cal 2017, el Ministerio de Economía y Finanzas,
                  ye con cargo a los recursos que se obtengan de   a través de la Dirección General de Contabilidad
                  la colocación de bonos soberanos, hasta por la   Pública, coordina con los organismos públicos
                  suma de S/ 2 000 000 000,00 (DOS MIL MILLO­  descentralizados  de los gobiernos regionales  y
                  NES Y 00/100 SOLES).                        de los gobiernos locales, para efectos que se lleve
                                                              a cabo los procesos y toda acción conducente a la
                  Para tal efecto, el Ministerio de Vivienda, Cons­  incorporación progresiva de dichos organismos
                  trucción y Saneamiento queda autorizado para   en el Sistema Integrado de Administración Fi­
                  realizar  transferencias  financieras  a  favor  del   nanciera del Sector Público (SIAF ­ SP), a partir
                  “Fondo  para  el  financiamiento  de  proyectos   del año 2018; así como también su adecuación a
                  de inversión pública en materia agua, sanea­  todas las disposiciones que regulan la Adminis­
                                                              tración Financiera del Sector Público, conforme
                  miento y salud”, con cargo a los recursos de
                  su  presupuesto  institucional  y  sin  demandar   a la Ley 28112, Ley Marco de la Administración
                                                              Financiera del Sector Público.
                  recursos adicionales al Tesoro Público, hasta
                  por la suma de S/ 2 000 000 000,00 (DOS MIL   TRIGÉSIMA CUARTA. En el marco de lo
                  MILLONES Y 00/100 SOLES). Dichas trans­     dispuesto en el primer párrafo de la Trigésima
                  ferencias se aprueban mediante resolución del   Novena  Disposición  Complementaria  Final  de
                  titular, en un plazo máximo de 30 (treinta) días   la Ley 30372, durante el Año Fiscal 2017, au­
                  calendario contados desde la entrada en vigen­  torízase al Ministerio de Desarrollo e Inclusión
                  cia de la presente Ley, y la mencionada resolu­  Social para realizar modificaciones presupuesta­
                  ción se publica en el diario oficial El Peruano.   rias en el nivel institucional hasta por la suma
                  Las referidas transferencias se depositan en la   de S/ 25 000 000,00  (VEINTICINCO  MILLO­
                  cuenta que determine la Dirección General de   NES Y 00/100 SOLES), a favor de las entidades
                  Endeudamiento y Tesoro Público del Ministe­  del  Gobierno  Nacional  y  gobiernos  regionales
                  rio de Economía y Finanzas.                 para  financiar  la  Estrategia  de  Acción  Social
                                                              con Sostenibilidad, la cual incluye la operación
                  Los recursos del  Fondo creado mediante  la   y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes
                  presente disposición se incorporan en los plie­  de Acción Social – PIAS. Dichas modificaciones
                  gos respectivos, en la fuente de financiamiento   presupuestarias se aprueban mediante decreto
                  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito,   supremo, refrendado por el ministro de Econo­
                  mediante  decreto supremo refrendado  por el   mía y Finanzas y el ministro de Desarrollo e In­
                  ministro de Economía y Finanzas, el ministro   clusión Social, a propuesta de este último. Los
                  del sector respectivo, en los casos que corres­  recursos a que se refiere la presente disposición
                  ponda, y el ministro de Vivienda, Construcción   no pueden ser destinados a fines distintos a los
                  y Saneamiento, a propuesta de este último. En   autorizados, bajo responsabilidad del titular de
                  el caso de pliegos del gobierno regional y gobier­  la entidad del Gobierno Nacional y de los gobier­
                  no local, el decreto supremo es refrendado por el   nos regionales.
                  ministro de Economía y Finanzas, el presidente
                  del Consejo de Ministros,  y el ministro  de Vi­  Mediante  decreto supremo  refrendado  por el
                  vienda, Construcción y Saneamiento, a propues­  Ministro  de  Desarrollo  e  Inclusión  Social, se
                  ta de este último.                          aprueban  las disposiciones  complementarias


                                                                  20  B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
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