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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates     1885
                  o especialistas, cuya vigencia para los fines de   Coordinador de Tutoría; así como para el pago
                  este literal se prorroga hasta el 31 de diciembre   de  horas  adicionales  a  favor  de  los  profesores
                  de 2017.                                    del  nivel de educación secundaria,  para la im­
                                                              plementación de la Jornada Escolar Completa.
                  d) El pago de la asignación especial por prestar
                  servicios en instituciones educativas en el Valle   m) El financiamiento para la continuidad de la
                  de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)   transferencia en el Año Fiscal 2017, de las Ins­
                  en el marco de lo dispuesto por la Octava Dispo­  tituciones Educativas transferidas al Gobierno
                  sición Complementaria, Transitoria y Final de   Regional del Callao conforme a lo autorizado en
                  la Ley 29944, el literal c) del artículo 2 de la Ley   el artículo 24 de la Ley 30372.
                  30328, y en los artículos 1 y 2 de la Ley 30202.
                                                              n) El financiamiento progresivo de los derechos
                  e) El pago de los derechos y beneficios corres­  y beneficios de los docentes nombrados y contra­
                  pondientes de los profesores contratados en el   tados, así como de los asistentes y auxiliares a
                  marco del Contrato de Servicio Docente al que   los que se refiere la Ley 30512, Ley de institutos
                  se refiere la Ley 30328 y la normatividad com­  y escuelas de educación superior y de la carrera
                  plementaria.                                pública de sus docentes.
                  f) El pago de las pensiones bajo el régimen del   26.2.  Asimismo,  autorízase  al  Ministerio  de
                  Decreto Ley  20530  a  favor  de  los  profesores   Educación con cargo a los recursos de su presu­
                  comprendidos  dentro  de  la  Carrera  Pública   puesto  institucional,  a  efectuar  modificaciones
                  Magisterial, en el marco de la Ley 29944, Ley   presupuestarias en el nivel institucional a favor
                  de Reforma Magisterial, así como de la carrera   de las universidades públicas mediante decreto
                  pública del docente de Institutos y Escuelas de   supremo refrendado por el ministro de Econo­
                  Educación Superior de la Ley 30512, Ley de Ins­  mía y Finanzas y el ministro de Educación, a so­
                  titutos y Escuelas de Educación Superior y de la   licitud de este último, para financiar las plazas
                  carrera pública de sus docentes.            de docentes universitarios  creadas y validadas
                                                              en el presente año fiscal conforme a lo estableci­
                  g) El pago de la entrega y bonificación económi­  do en el literal f) del numeral 8.1 del artículo 8
                  ca correspondiente  a los  condecorados con las   de la presente Ley.
                  Palmas Magisteriales en el marco de lo estable­
                  cido en la Tercera Disposición Complementaria   26.3. Los recursos a los que se refiere el presente
                  Final de la Ley 30328.                      artículo no deben destinarse a fines distintos de
                                                              aquellos para los cuales fueron asignados, bajo
                  h) El financiamiento de las plazas creadas y va­  responsabilidad,  debiendo  ejecutarse  conforme
                  lidadas en el presente año fiscal así como para la   a  las  condiciones  o  disposiciones  que  para  tal
                  sostenibilidad del financiamiento de las plazas   efecto establece el Ministerio de Educación y a
                  creadas y validadas durante los 2 (dos) últimos   la normatividad de la materia.
                  años precedentes, para el ejercicio en las áreas
                  de desempeño laboral establecidas en los litera­  Para la aplicación de lo establecido en el presen­
                  les a), b) y c) del artículo 12 de la Ley 29944, Ley   te artículo, en los casos que corresponda, exoné­
                  de Reforma Magisterial.                     rase al Ministerio de Educación y a los Gobier­
                                                              nos Regionales, de lo dispuesto por el artículo 6
                  i) El pago del Incentivo para la incorporación de   de la presente Ley.
                  profesores a la Carrera Pública Magisterial.
                                                              Artículo 27. Modificaciones Presupuestarias en
                  j) El  financiamiento  del  Bono  de  Incentivo  al   el Nivel Institucional para financiamiento de in­
                  Desempeño Escolar.                          tervenciones y acciones pedagógicas
                  k) El pago de los derechos y beneficios de la Ley   27.1. Autorízase al Ministerio  de Educación a
                  30493, Ley que establece política remunerativa   efectuar  modificaciones  presupuestarias  en  el
                  para Auxiliares de Educación.               nivel institucional a favor de los Gobiernos Re­
                                                              gionales hasta por el monto de S/ 724 000 000,00
                  l) La contratación  de profesores para cubrir   (SETECIENTOS  VEINTICUATRO  MILLO­
                  el  incremento  de  horas  de  la Jornada  Escolar   NES Y 00/100 SOLES) mediante Decreto Su­
                  Completa, así como las horas de clase que dejen   premo refrendado por el Ministro de Economía
                  de dictar los profesores, a quienes se les encar­  y Finanzas y el Ministro de Educación, a pro­
                  gará las funciones de Coordinador Pedagógico o   puesta de este último, para financiar las inter­


                                                                  20  B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
                                                                    a
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